DECRETO SUPREMO, Nº 026-2017-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial Permanente para la Evaluación de Predios con fines de Vivienda Social-DECRETO SUPREMO-Nº 026-2017-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC y modificatorias, se declaró de interés nacional la ejecución de actividades destinadas a facilitar la construcción y promoción del acceso de la población a la propiedad privada destinada a la vivienda, constituyéndose una Comisión de Coordinación para facilitar la construcción de viviendas;

Que, desde la dación de dicho Decreto Supremo a la actualidad, se advierte que algunas entidades públicas que tienen participación en dicha norma, como el Banco de Materiales o el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, ya no existen o que sus funciones han sido asumidas por otras entidades. Asimismo, la citada Comisión de Coordinación fue creada con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, por lo que requiere adecuarse al citado cuerpo legal, con el objeto de optimizar sus funciones;

Que, el Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio de 2002, establece como Política de Estado, entre otras, desarrollar la infraestructura y la vivienda con el fin de eliminar su déficit, hacer al país más competitivo, permitir su desarrollo sostenible y proporcionar a cada familia las condiciones necesarias para un desarrollo saludable en un entorno adecuado. El Estado, en sus niveles nacional, regional y local, será el facilitador y regulador de estas actividades y fomentará la transferencia de su diseño, construcción, promoción, mantenimiento u operación, según el caso, al sector privado;

Que, el “Plan Bicentenario: el Perú hacia el 2021” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, establece como lineamiento de política, dentro del Eje estratégico 2: Oportunidades y acceso a los servicios, el fomentar la inversión pública y privada en la vivienda social, así como ampliar los fondos para apoyar el acceso a la vivienda digna por parte de la población pobre;

Que, asimismo, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declaró de interés nacional y necesidad pública, la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad, entre ellas, aquella infraestructura referida a programas de vivienda de interés social;

Que, el inciso 3 del artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente son creadas con fines específicos para cumplir funciones de seguimiento, fiscalización, o emisión de informes técnicos, creándose formalmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; asimismo, cuentan con Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial del Sector al cual están adscritas;

Que, con el Informe Nº 028-2017-VIVIENDA/VMVU/PGSU, ampliado con los Informes Nº 030, 046 y 053-2017-VIVIENDA/VMVU/PGSU, el Programa Generación de Suelo Urbano presenta el proyecto de Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial Permanente para la evaluación de predios con fines de vivienda social, la cual tiene objeto emitir informes técnicos que contribuyan a promover y facilitar el acceso de la población a la vivienda social, así...

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