DECRETO SUPREMO, Nº 032-2017-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Decreto Supremo que suspende la implementación del Reglamento del Mercado Secundario de Gas Natural-DECRETO SUPREMO-Nº 032-2017-EM

Fecha de disposición30 Septiembre 2017
Fecha de publicación30 Septiembre 2017
SecciónSección Única

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de proponer, elaborar, aprobar y aplicar la política del Sector;

Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2007-EM, se aprueba el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, cuyo artículo 65 dispone que corresponde al Ministerio de Energía y Minas expedir las normas que regulen la transferencia de Capacidad Contratada;

Que, mediante Decreto Supremo N° 046-2010-EM se aprueba el Reglamento del Mercado Secundario de Gas Natural y se derogan los Decretos Supremos N° 067-2009-EM y N° 018-2010-EM;

Que, el artículo 1 del Reglamento del Mercado Secundario de Gas Natural señala que el objeto de la norma es regular las operaciones que se realicen en dicho mercado, con la finalidad de asegurar el uso eficiente de la producción y la capacidad de transporte a firme de Gas Natural; por lo que se establece que las transferencias de producción y/o transporte a firme de Gas Natural que se realicen en el Mercado Secundario serán efectuadas mediante subasta electrónica;

Que, el uso de Gas Natural tiene una gran incidencia en el sector industrial y eléctrico, siendo las empresas generadoras termoeléctricas los mayores consumidores de la demanda de Gas Natural destinado al mercado interno; las cuales consumen alrededor del 48% de este recurso. Asimismo, de acuerdo con el Comité de Operaciones del Sistema Interconectado Nacional (COES) las generadoras termoeléctricas a Gas Natural representan en promedio mensual (periodo junio 2015 a junio 2017) el 43.47% de la producción eléctrica;

Que, considerando el porcentaje de producción de electricidad de las generadoras termoeléctricas a Gas Natural, las cuales principalmente utilizan el Gas Natural proveniente de los yacimientos de Camisea y dada la importancia del mercado eléctrico para el desarrollo del país, el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Resolución Ministerial N° 266-2017-MEM-DM, crea el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de evaluar y proponer mejoras al marco normativo vigente del Sub Sector Electricidad;

Que, considerando que el marco normativo relacionado con el funcionamiento del mercado secundario en relación al Sub Sector Electricidad...

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