RESOLUCION.Nº 197, 198, 199, 200, 201 Y 202-2017-OS/CD.Aprueban Balance de fondos transferidos al FISE, altas y bajas de instalaciones de distribución eléctrica y nuevos Procedimientos Técnicos del COES Nºs. 15, 30, 31 y 47.SEPARATA ESPECIAL Jueves 28 de setiembre de 2017 AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN Nº 197-2017-OS/CD Aprueba Balance de los fondos transferidos por el FISE para la devolución de la Primera y Segunda List... -

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2017
SEPARATA ESPECIAL
Jueves 28 de setiembre de 2017
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N° 197-2017-OS/CD
Aprueba Balance de los fondos transferidos por el FISE para la devolución de la
Primera y Segunda Lista de Benef‌i ciarios del reconocimiento extraordinario del
Descuento de Promoción a que se ref‌i ere el Decreto Supremo N° 004-2017-EM.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N° 198-2017-OS/CD
Aprueba Altas y Bajas de las instalaciones de distribución eléctrica del período 01
de julio 2015 - 30 de junio 2016 y metrados existentes al 30 de junio 2016.
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N° 199-2017-OS/CD
Aprueba Nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 15 "Valorización de
Transferencias de Energía Reactiva".
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N° 200-2017-OS/CD
Aprueba Nuevo Procedimiento
Técnico del COES N° 30 "Liquidación de la Valorización de las Transferencias
de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado
de Transmisión”
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N° 201-2017-OS/CD
Aprueba Nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 31 "Cálculo de los
Costos Variables de las Unidades de Generación".
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO OSINERGMIN N° 202-2017-OS/CD
Aprueba Nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 47 "Valorizaciones Diarias
en el Mercado Mayorista de Electricidad".
Jueves 28 de setiembre de 2017 /
El Peruano
2NORMAS LEGALES
El Peruano / Jueves 28 de setiembre de 2017 3
NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 197-2017-OS/CD
Lima, 26 de setiembre de 2017
VISTO:
El Informe N° 496-2017-GRT elaborado por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación
de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos,
aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-EM (en adelante “Reglamento de Distribución”), establece un Mecanismo
de Promoción para la conexión de Consumidores residenciales en determinadas zonas geográf‌i cas ubicadas en la
concesión, o para determinados niveles socio económicos, según lo establezca el Ministerio de Energía y Minas; el cual
permite otorgar a los Consumidores de determinados sectores vulnerables, descuentos en los costos de conexión al
servicio;
Que, la aplicación del Mecanismo de Promoción fue suspendida durante el periodo comprendido entre el 25 de junio de
2014 y el 30 de junio de 2016; por lo que los consumidores debieron asumir el costo total de la conexión al servicio de
distribución de gas natural en sus hogares;
Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 010-2016-EM, publicado el 10 de junio de 2016, se modif‌i có el
artículo 112a del Reglamento de Distribución, excluyendo la utilización de los recursos del Mecanismo de Promoción
para la cobertura de las instalaciones internas. Producto de dicha modif‌i cación, se reanudó la aplicación del descuento
para las nuevas conexiones;
Que, como consecuencia de la suspensión de la aplicación del Mecanismo de Promoción, con fecha 04 de febrero
de 2017, se publicó el Decreto Supremo N° 004-2017-EM (en adelante “Decreto 004”), el cual reconoció de manera
extraordinaria el acceso al “Descuento de Promoción” a favor de aquellos consumidores residenciales que, entre el
25 de junio de 2014 y el 30 de junio de 2016, no fueron benef‌i ciados con el Mecanismo de Promoción (en adelante
“Benef‌i ciarios”), encargándose a Osinergmin la aprobación de la metodología y el procedimiento para la implementación
respectiva;
Que, en cumplimiento del encargo contenido en el Decreto 004, mediante Resolución N° 153-2017-OS/CD, Osinergmin
aprobó la Norma “Procedimiento para la Implementación del Reconocimiento del Descuento de Promoción a Consumidores
Residenciales dispuesto por Decreto Supremo N° 004-2017-EM” (en adelante “Procedimiento”), cuyo numeral 8.2 señala
que Osinergmin debe aprobar los montos que el Administrador del FISE deberá transferir a la Cuenta de Promociones
para el reconocimiento extraordinario del Descuento de Promoción en favor de los Benef‌i ciarios;
Que, conforme a lo señalado en el Procedimiento, mediante Resoluciones N° 169-2017-OS/CD y N° 182-2017-OS/CD,
Osinergmin aprobó el primer y segundo monto que el Administrador FISE debía transferir a la Cuenta de Promociones de
la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. – Cálidda (en adelante “empresa concesionaria”), así como la Primera y
Segunda Lista de Benef‌i ciarios del reconocimiento extraordinario del Descuento de Promoción, respectivamente;
Que, debido a la amortización de las cuotas pendientes de pago por el costo de la conexión, realizados por los Benef‌i ciarios
a la empresa concesionaria, como parte de las actividades comerciales, en los periodos comprendido entre 17 al 26 de
julio 2017 y el 09 al 25 de agosto de 2017, existe una diferencia entre los montos que se señalan en la fecha de corte con
la que se calcularon los montos a transferir del FISE a la empresa concesionaria, y los montos efectivamente requeridos
por esta última luego de la aplicación de la Resolución publicada;
Que, en consecuencia, los pagos a cuenta realizados por los Benef‌i ciarios han producido la disminución de los montos
requeridos para efectuar las Amortizaciones (en soles), y el consecuente incremento de los montos requeridos para
efectuar las Devoluciones (en dólares americanos), respecto de los montos en soles y dólares americanos aprobados
por Osinergmin en las Resoluciones N° 169-2017-OS/CD y N° 182-2017-OS/CD;
Que, en ese sentido, se verif‌i ca la necesidad de efectuar un balance de los fondos transferidos por el FISE para la
devolución de la Primera y Segunda Lista de Benef‌i ciarios del reconocimiento extraordinario del Descuento de Promoción,
a efectos de que la empresa concesionaria pueda devolver al FISE los montos excedentes en soles, producto de la
disminución de los importes Amortizados por reducción de deudas de los benef‌i ciarios, y pueda recibir en contrapartida,
una transferencia de los montos en dólares americanos faltantes para completar la totalidad Devoluciones del monto
requerido en dicha moneda;
Que, el balance materia de aprobación se efectúa considerando la información remitida por la empresa concesionaria,
la cual tiene carácter de Declaración Jurada de conformidad con el numeral 6.1 del Procedimiento, sin perjuicio de las
verif‌i caciones que puedan efectuarse a dicha información emitida, en el marco de la supervisión que compete a este
Organismo;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR