RESOLUCION, Nº 05521-R-17, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Autorizan viajes del Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a Argentina y El Salvador, en comisión de servicios-RESOLUCION-Nº 05521-R-17
Emisor | INSTITUCIONES EDUCATIVAS |
Fecha de la disposición | 17 de Septiembre de 2017 |
Autorizan viajes del Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a Argentina y El Salvador, en comisión de servicios
Universidad Nacional
Mayor de San Marcos
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 05521-R-17
Lima, 13 de septiembre del 2017
Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 07640-SG-17 del Despacho Rectoral, sobre viaje al exterior del país en comisión de servicios y encargatura.
CONSIDERANDO:
Que con Resolución Rectoral Nº 05046-R-17 de fecha 24 de agosto del 2017, se aceptó la invitación efectuada a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos por la Universidad Nacional de Misiones, Argentina, para participar en el “X Simposio Internacional de Ingeniería Industrial: actualidad y nuevas tendencias”, a realizarse los días 25 al 29 de setiembre del 2017;
Que mediante Proveídos N.ºs 725 y 742-R-2017, el Dr. ORESTES CACHAY BOZA, Rector de nuestra Casa Superior de Estudios, solicita se autorice su viaje en Comisión de Servicios del 26 al 30 de setiembre del 2017, para asistir a la invitación antes señalada;
Que asimismo, se le otorga el monto de S/ 4,480.00 soles por concepto de pasajes aéreos y el monto en soles equivalente a US$ 1,850.00 dólares americanos, por concepto de viáticos, que se ejecutará con cargo al presupuesto 2017 del Rectorado;
Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades universitarias, es necesario encargar el Despacho Rectoral a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, docente permanente y Vicerrectora Académica de Pregrado, por el período que dure la ausencia del titular;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009;
Que de conformidad a lo estipulado en el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, que señala: “El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor”; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
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Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 26 al 30...
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