RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 378-2017-MEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Autorizan transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho y San Martín-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 378-2017-MEM/DM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2017

Lima, 13 de setiembre de 2017

VISTOS: El Informe N° 106-2017-MEM-OGP/DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 220-2017-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas para efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los Gobiernos Regionales para ser destinados a financiar exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Soles);

Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, entre otros, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales correspondientes;

Que, asimismo se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, en virtud a las precitadas disposiciones y con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión, así como apoyar económica y...

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