ACUERDO, Nº 007-2017-SE-GRL-CR: 01/09/2017, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LORETO - Amplían autorización de viaje de Gobernador-ACUERDO-Nº 007-2017-SE-GRL-CR: 01/09/2017

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2017

Iquitos, 1 de setiembre de 2017

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional:

VISTO.-

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, celebrado el 01 de setiembre del año 2017, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales N°27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, y;

CONSIDERANDO:

Que, a mérito del Oficio N° 719-2017-GRL-P, de fecha 31 de Agosto del año 2017, emitido por el Gobernador Regional Lic. Adm. Fernando Melendez Celis, al Sr. Javier Alava Florindez, Consejero Delegado del Consejo Regional de Loreto, solicitando Ampliacion de Autorización de Viaje otorgado mediante el Acuerdo de Consejo Regional N°034-2017-SO-GRL-CR; documento que fue remitido a la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para su análisis, evaluación, elaboración de Informe y el Dictamen correspondiente, a efectos de solicitar al pleno del Consejo Regional de Loreto, se le otorgue mediante Acuerdo Regional ampliación para tal efecto, del 02 al 10 de Setiembre de 2017;

Que, mediante Informe Legal N° 1438-2017-GRL-ORAJ, de fecha 31 de agosto del año 2017, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Loreto, OPINA que es PROCEDENTE AMPLIAR, la autorización del viaje otorgado mediante el Acuerdo de Consejo Regional N°034-2017-SO-GRL-CR, adoptado en Sesion de Consejo Regional de fecha 04 de Agosto de 2017, en el sentido que debe autorizarse el viaje del Gobernador Regional de Loreto a la ciudad de Seúl del 02 al 10 de setiembre de 2017, de conformidad con el artículo 39° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales – Ley N° 27867.

Que, el inciso 24) del artículo 2° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto (RIC), aprobado mediante Ordenanza Regional N° 031-2008-GRL-CR, y sus modificatorias, establece como una de las atribuciones del Consejo Regional, autorizar al Gobernador Regional, Vicepresidente y Consejeros, realizar viajes al exterior en misión oficial;

Que, la Ley N° 27619 –Regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuestos del Sector Público – Ley N° 30281; que en su artículo 10° señala que en el...

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