ORDENANZA, Nº 460-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Modifican la Ordenanza Nº 412-MSI que establece disposiciones para incentivar la inversión y la mejora de la competitividad en el distrito-ORDENANZA-Nº 460-MSI

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2017

Modifican la Ordenanza N° 412-MSI que establece disposiciones para incentivar la inversión y la mejora de la competitividad en el Distrito

ORDENANZA Nº 460-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 46 -2017-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen Nº 20-2017-CDUSOSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad, Obras y Servicios Municipales; el Informe Nº 1244-2017-12.1.0-SLA-GACU/MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el Memorándum Nº 198-2017-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; el Memorándum Nº 123-2017-1600-GS/MSI de la Gerencia de Sostenibilidad; el Informe Nº 59-2017-0130-OPU/MSI de la Oficina de Planeamiento Urbano y el Informe Nº 0454-2017-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 79º del citado cuerpo legal otorga funciones exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentran el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, así como realizar la fiscalización de las habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles, y apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación, entre otros;

Que, en ese sentido, mediante Ordenanza Nº 412-MSI publicada en el diario...

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