RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 470-2017-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Aprueban “Plan de Implementación de las Acciones Priorizadas para la revalorización docente del Ministerio de Educación, a ejecutarse durante el 2017”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 470-2017-MINEDU

Fecha de disposición24 Agosto 2017
Fecha de publicación25 Agosto 2017
SecciónSección Única

Lima, 24 de agosto de 2017

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad, y que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica. Asimismo, el artículo 13 de la citada Ley establece que la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida;

Que, el artículo 56 de la Ley N° 28044, dispone que el profesor es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano; por la naturaleza de su función, la permanencia en la carrera pública docente exige al profesor idoneidad profesional;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado. Asimismo, el literal h) del artículo 80 de la referida ley, establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, mediante la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, se norman las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada; asimismo, regula sus deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos;

Que, por la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, tiene por finalidad permitir la contratación temporal del profesorado en instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva; y reconoce al profesorado contratado en el marco de dicho contrato, derechos y beneficios;

Que, como producto de los procesos de diálogo en los que han...

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