DECRETO SUPREMO, Nº 023-2017-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Decreto Supremo que aprueba el Enfoque de Desarrollo Urbano Sostenible y Saludable - EDUSS para las acciones de rehabilitación y reconstrucción-DECRETO SUPREMO-Nº 023-2017-VIVIENDA
Fecha de disposición | 22 Agosto 2017 |
Fecha de publicación | 22 Agosto 2017 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declaró prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas.
Que, de conformidad con la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30556, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento debe determinar el enfoque de desarrollo urbano sostenible y saludable en las acciones destinadas a la atención de la rehabilitación y reconstrucción;
Que, en atención a ello, resulta necesario aprobar el Enfoque de Desarrollo Urbano Sostenible y Saludable, a fin que sea aplicado en las acciones de rehabilitación y reconstrucción ejecutadas por los sectores competentes;
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–MVCS, de acuerdo al artículo 4 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, este Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados urbanos y rurales como sistema sostenible en el territorio nacional;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;
DECRETA:
1.1 Apruébase el Enfoque de Desarrollo Urbano...
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