RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0020-2017-MINAGRI-SENASA-DSA, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Aprueban requisitos sanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de sebo de uso industrial, grasa despostada o grasa en rama de la especie bovina procedente de Argentina-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0020-2017-MINAGRI-SENASA-DSA

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2017

10 de Agosto de 2017

VISTO:

El INFORME-0023-2017-MINAGRI-SENASA-DSA-SDCA-EMARTINEZ de fecha 14 de julio de 2017, de la Subdirección de Cuarentena Animal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 21º de la Decisión 515 de la Comunidad Andina (CAN), dispone que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias;

Que, el Artículo 12° del Decreto Legislativo N° 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al País, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA;

Que, asimismo, el Artículo 9° de la citada Ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fito y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate;

Que, el segundo párrafo del Artículo 12º del Reglamento de la Ley...

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