DECRETO SUPREMO, Nº 010-2017-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 021-2016-PRODUCE, que establece medidas de ordenamiento para la pesquería del recurso tiburón-DECRETO SUPREMO-Nº 010-2017-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2016- PRODUCE, el Ministerio de la Producción estableció medidas de ordenamiento para la pesquería del recurso tiburón, disponiendo en sus artículos 1 y 3, que el recurso pesquero tiburón debe ser desembarcado con la presencia de la cabeza y todas sus aletas, total o parcialmente adheridas a su cuerpo en forma natural y, que el desembarque y descarga del recurso pesquero tiburón capturado se realiza únicamente en los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales autorizados por el Ministerio de la Producción, respectivamente;

Que, el artículo 4 del referido Decreto Supremo dispone que las personas naturales y jurídicas que transporten y/o almacenen el recurso pesquero tiburón, deben consignar el número del Certificado de Desembarque de Tiburón y del Acta de Inspección en la guía de remisión correspondiente, y que los inspectores acreditados por la Dirección General de Supervisión y Fiscalización (actualmente Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción) y los inspectores de las Direcciones o Gerencias Regionales de la Producción, consignarán los datos requeridos en el Certificado de Desembarque de Tiburón y adjuntarán el mismo al Acta de Inspección correspondiente;

Que, a través de Resolución Ministerial Nº 082-2017-PRODUCE, el Ministerio de la Producción autorizó la ejecución de la pesca exploratoria del recurso tiburón por un período de noventa (90) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación; a efectos de que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, elabore un manual de identificación de especies de tiburones que facilite su identificación cuando estas no cuenten con la cabeza adherida al cuerpo;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 208-2017-PRODUCE, se amplió hasta el 17 de agosto de 2017, el plazo establecido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 082-2017-PRODUCE;

Que, mediante Memorando Nº 324-2017-PRODUCE/DGSFS-PA, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción remite el Informe Nº 00006-2017-PRODUCE/DGF-PA-oponce de la Dirección de Supervisión y Fiscalización-PA, referido a las medidas de ordenamiento para la pesquería del recurso tiburón, establecidas mediante el Decreto Supremo Nº 021-2016-PRODUCE, en el que...

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