ORDENANZA, Nº 464-CDLO, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS - Modifican el Artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad, referido a funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM-ORDENANZA-Nº 464-CDLO

Fecha de publicación28 Julio 2017
Fecha de disposición28 Julio 2017

Modifican el Artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad, referido a funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM

Ordenanza Nº 464-CDLO

Los Olivos, 20 de julio de 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS

VISTO: El Dictamen Nº 014-2017-MDLO/CEPP de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el articulo 2º de la Ley Nº 30490- Ley de la Persona Adulta Mayor, define como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan sesenta (60) o más años de edad;

Que, de conformidad con el primer párrafo del articulo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores la creación de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM), en las Municipalidades Provinciales y Distritales;

Que, mediante Ley Nº 27658- Ley Marco de Modernización del Estado, se declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano.

Que, el Decreto Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y...

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