LEY, Nº 30614, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que otorga un plazo adicional de acogimiento al Régimen de Reprogramación de pago de aportes previsionales al Fondo de Pensiones del Sistema Privado de Pensiones (REPRO-AFP) y Régimen de Sinceramiento por parte de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales establecido en el Decreto Legislativo 1275-LEY-Nº 30614

EmisorCONGRESO DE LA REPUBLICA
Fecha de la disposición26 de Julio de 2017

LEY Nº 30614

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL

CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE OTORGA

UN PLAZO ADICIONAL DE ACOGIMIENTO

AL RÉGIMEN DE REPROGRAMACIÓN DE PAGO

DE APORTES PREVISIONALES AL FONDO

DE PENSIONES DEL SISTEMA PRIVADO

DE PENSIONES (REPRO-AFP) Y RÉGIMEN

DE SINCERAMIENTO POR PARTE DE LOS

GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS

LOCALES ESTABLECIDO EN

EL DECRETO LEGISLATIVO 1275

Artículo 1 Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto otorgar un plazo adicional a los gobiernos regionales y gobiernos locales para que se acojan al Régimen de Reprogramación de pago de aportes previsionales al Fondo de Pensiones del Sistema Privado de Pensiones (REPRO-AFP) y Régimen de Sinceramiento, a fin de que paguen los aportes previsionales adeudados a los trabajadores, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1275, Decreto Legislativo que Aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Artículo 2 Modificación de los artículos 17, numeral 17.2, y 26 del Decreto Legislativo 1275, que Aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

Modifícanse los artículos 17, numeral 17.2, y 26 del Decreto Legislativo 1275, que Aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en los siguientes términos:

Artículo 17. Requisitos, forma y plazo de acogimiento

(...)

17.2 Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales pueden acogerse al Régimen de Sinceramiento desde la entrada en vigencia de la resolución a que se refiere el párrafo anterior y hasta el 30 de noviembre de 2017.

(...)

Artículo 26. Alcances

Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales pueden solicitar la reprogramación de su deuda a las AFP, presentando su solicitud de acogimiento al REPRO-AFP, hasta el 30 de noviembre de 2017

.

Comuníquese al señor Presidente de...

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