DECRETO DE ALCALDIA, Nº 008-2017-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BREÑA - Aprueban Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad de Breña-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 008-2017-MDB

EmisorMUNICIPALIDAD DE BREAA
Fecha de la disposición17 de Julio de 2017

Breña, 17 de julio de 2017

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA

VISTO: El Informe Nº 037-2017-GDH/MDB de la Gerencia de Desarrollo Humano, sobre Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) de esta entidad municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 489-2017-MDB (24.JUNIO.2017) se crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de Breña, cuya finalidad es brindar una atención integral y permanente a las personas adultas mayores de sesenta (60) años a más, para mejorar su calidad de vida e integrarlos plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural de nuestra comunidad, implementando para ello en forma progresiva, diversos servicios y programas;

Que, con Informe de Visto, la Gerencia de Desarrollo Humano alcanza el proyecto de Reglamento para el Funcionamiento del CIAM, que regula las actividades y servicios que brinde dicho Centro; lo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través de su Informe Nº 301-2017-GAJ/MDB, por lo que corresponde su aprobación mediante la norma municipal respectiva;

Con la visación de la Gerencia de Desarrollo Humano y Gerencia de Asesoría Jurídica;

De conformidad con los artículos 20, numeral 6) y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero APRUÉBASE el Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que consta de veinte y dos (22) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales, así como dos (02) formatos; documento que, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.
Artículo Segundo ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Salud y Bienestar Social, la implementación y estricto cumplimiento de la presente norma municipal.
Artículo Tercero ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el diario oficial El Peruano; y a la Subgerencia de Estadística e Informática en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ANGEL A. WU HUAPAYA

Alcalde

TÍtulo I.- DE LA FINALIDAD Artículo 1
Artículo 1º El presente reglamento tiene por finalidad contar con un instrumento normativo que establezca las acciones y servicios que brinda el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de Breña.
Título II.- DEL ALCANCE Artículo 2
Artículo 2º El presente reglamento es de alcance distrital para los operadores y personas adultas mayores residentes dentro de la jurisdicción del distrito de Breña, sito en Jr

General Vidal Nº 645.

Título III.- DE LA BASE LEGAL Artículo 3
Artículo 3º El presente reglamento se emite teniendo como base normativa los dispositivos legales siguientes:
  1. Constitución Política del Perú.

  2. Ley Nº 27972 – Orgánica de las Municipalidades

  3. Ley Nº 26300 – de los Derechos de Participación y Control Ciudadano

  4. Ley Nº 30490 – de las Personas Adultas Mayores

  5. Decreto Supremo Nº 011-2011-MIMDES, que aprueba la política nacional en relación a las personas adultas mayores

  6. Decreto Supremo Nº 002-2013-MIMP, que aprueba el plan nacional para las personas adultas mayores.

  7. Resolución Ministerial Nº 328-2014-MIMP, que aprueba los lineamientos de política para la promoción del buen trato a las personas adultas mayores.

  8. Ordenanza Nº489-217-MDB que crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad distrital de Breña

Título IV.- DE LOS OBJETIVOS Artículo 4
Artículo 4º El presente reglamento tiene por objetivos:
  1. Asegurar espacios saludables integrales de socialización, beneficiando a la población adulta mayor a través de un servicio que les proporcione un espacio para realizar tareas y actividades que refuercen sus capacidades creativas e imaginativas en el uso del tiempo libre y de esta manera se integre plenamente al desarrollo social, económico político y cultural del Distrito de Breña, contribuyendo a mejorar su calidad de vida.

  2. Incrementar los niveles de participación social de la persona adulta mayor a través de actividades recreativas y participativas dentro y fuera del Distrito de Breña.

  3. Promover actividades que refuercen el nivel de conocimiento e información de las personas adultas mayores respecto al ciclo de vida y al proceso de envejecimiento mediante actividades de capacitación que se brinde.

Título v.- FINALIDADES DEL CIAM Artículo 5
Artículo 5º El CIAM tiene como finalidades:
  1. Brindar espacios propicios de socialización e interacción a los adultos mayores, promoviendo su participación e integración social, así como implementar actividades de carácter recreativo.

  2. Favorecer y facilitar la participación activa, concertada y organizada de las personas adultas mayores.

  3. Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los adultos mayores participantes.

  4. Identificar la problemática de las personas adultas mayores en forma individual, familiar, zonal y distrital para promover soluciones que...

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