DECRETO DE ALCALDIA, Nº 013-2017-A/MDSJL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 350, que otorgó Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 013-2017-A/MDSJL

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Fecha de la disposición30 de Junio de 2017

San Juan de Lurigancho, 27 de junio de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN

DE LURIGANCHO

VISTO: El Informe Nº 034-2017-GAT/MDSJL y el Memorándum Nº 289-2017-GAT/MDSJL de fechas 20 y 23 de junio de 2017, respectivamente, de la Gerencia de Administración Tributaria, y el Informe Nº 372-2017-SGPP-GP/MDSJL de fecha 27 de junio de 2017, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre prórroga de Ordenanza; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, debiendo ser publicados para su cumplimiento conforme lo establece el artículo 44º de la LOM;

Que, mediante Ordenanza Nº 350, se otorgan beneficios tributarios y no tributarios en el distrito, los cuales alcanzan a las obligaciones correspondientes a los años 1996 al 2017 (Obligación vencida de acuerdo a su periodicidad y exigibilidad de ser el caso), por concepto de Impuesto Predial, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos, Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recojo de Residuos Sólidos), Arbitrios de Parques y Jardines y Arbitrios de Serenazgo; y las multas tributarias y administrativas; así como a las deudas que se encuentran con convenio de fraccionamiento de pago, la cual se encuentra próxima a vencer; además dicha norma faculta al Alcalde, en su Quinta Disposición Final, para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las medidas complementarias para la mejor aplicación de la Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma;

Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 034-2017-GAT/MDSJL y Memorándum Nº 289-2017-GAT/MDSJL de fechas 20 y 23 de junio de 2017...

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