ORDENANZA, Nº 013-2017/MPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA - Modifican Reglamento de Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga de Vehículos Menores en el distrito de Huacho-ORDENANZA-Nº 013-2017/MPH

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2017

Huacho, 9 de junio de 2017

POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura

Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 11 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga de vehículos menores en la Jurisdicción del Distrito de Huacho, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 028-2015-MPH; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son órganos de gobiernos locales personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme lo dispone el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972.

Que, el Art. 195º, inciso 8) de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: (...) 8) Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley.

Que, el Art. 81º de la Ley Nº 27972, preceptúa que las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen, entre otras funciones, normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza.

Que, el Art. 4º del Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, regula que la competencia de las Municipalidades Distritales comprende las siguientes facultades: a) Normativa: Aprobar las normas complementarias necesarias para la gestión y fiscalización del Servicio Especial, dentro de su jurisdicción, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente y sin contravenir los Reglamentos Nacionales; b) De gestión: Otorgar los permisos de operación para la prestación del Servicio Especial dentro de su jurisdicción; y, c) De...

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