Resolución nº 2008-2017-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 15 de Junio de 2017

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
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-2017-MP-FN
Lima, 1 5
JUN.
2017
VISTO Y CONSIDERANDO
Que, mediante Oficio W 788-2017-MP-FN-IML-JN de
fecha 22 de febrero de 2017,
el
doctor Segundo Eleazar Aliaga Viera, Jefe Nacional del
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, solicita se autorice
el
Curso Guía de
evaluación psicológica forense en casos de violencia contra
la
mujer y los integrantes
del grupo familiar y en otros casos de violencia,
el
mismo que se viene llevando a cabo los
días viernes 09 y viernes 23 de junio de 2017, de 08:00 a 13:30 horas, en el Auditorio del
Ministerio Público del Distrito Fiscal de Lima Norte;
Que,
el
objetivo de la actividad académica
es
la
de
brindar a los señores psicólogos que laboran
en
el
Ministerio de
la
Mujer y Poblaciones
Vulnerables, Ministerio de Salud, Poder Judicial y personal administrativo del distrito fiscal de
Lima Norte, herramientas necesarias para
la
correcta aplicación de las guías de valoración
psicológica como instrumento indispensable para coadyuvar
en
la
investigación del operador de
justicia
en
el
proceso penal, por
lo
que resulta necesario autorizar
la
realización de
la
referida
actividad;
Con
el
visto de Gerencia Central de
la
Escuela del
Ministerio Público
"Dr.
Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel" y en uso de las atribuciones
conferidas por
el
artículo 64° del Decreto Legislativo W 052, "Ley Orgánica del Ministerio
Público";
SE RESUELVE:
ARTíCULO PRIMERO.- AUTORIZAR en vía de
regularización
la
realización del Curso Guía de evaluación psicológica forense en casos de
violencia contra
la
mujer y los integrantes del grupo familiar y
en
otros casos de
violencia,
el
mismo que se viene llevando a cabo los días viernes 09 y viernes 23 de junio de
2017, de 08:00 a 13:30 horas,
en
el
Auditorio del Ministerio Público del Distrito Fiscal
de
Lima
Norte.
ARTíCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a
la
Presidencia de
la
Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte
la
elaboración
de
la
lista de participantes,
la
misma que deberá ser remitida a la Escuela del Ministerio
Público.
ARTíCULO TERCERO.- Los gastos que irrogue
la
ejecución de
lo
dispuesto
en
la
presente resolución, por concepto de materiales de estudios,
serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio Público, dependencia Escuela del
Ministerio Público.
ARTíCULO CUARTO.- DISPONER que
la
Escuela
del Ministerio Público atienda los requerimientos que corren a
su
cargo para
la
ejecución
de
lo
autorizado
en
la
presente reso!ución.

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