RESOLUCION, Nº 506-2017-SUCAMEC, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - Aprueban la Directiva Nº 14-2017-SUCAMEC denominada “Directiva que regula la emisión de licencias de uso de armas, tarjetas de propiedad y transferencias de armas de fuego que devienen de licencias de posesión y uso otorgadas al amparo de la Ley Nº 25054”-RESOLUCION-Nº 506-2017-SUCAMEC

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2017

Lima, 9 de junio de 2017

VISTOS: El Informe Nº 1871-2017-SUCAMEC-GAMAC, de fecha 26 de mayo de 2017, emitido por la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos, el Informe Técnico Nº 079-2017-SUCAMEC-OGPP de fecha 06 de junio de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal Nº 344-2017-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 08 de junio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, en el literal h) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1127, se establece como una de las funciones del Superintendente Nacional: “Emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia”;

Que, el literal i) del artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, refiere que la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos es el órgano encargado de elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias;

Que, la Ley Nº 30299, Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-IN, tienen por objeto regular las actividades relacionadas al uso civil de las armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados, que comprenden la autorización, fiscalización, control de la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución, traslado, custodia, almacenamiento, posesión, uso, destino final, capacitación y entrenamiento en el uso de armas, municiones y explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados, teniendo como fin la preservación de la seguridad nacional, la protección del orden interno, la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica, conforme al artículo 175 de la Constitución Política del Perú;

Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 2227-2017-SUCAMEC-GAMAC de fecha 18 de mayo de 2017, la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos dispuso la cancelación de ciento ochenta y dos mil quinientos noventa y cinco (182, 595) licencias de posesión y uso que no fueron regularizadas dentro del plazo de regularización establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30299 y sus ampliatorias, lo que conllevó a que se deje sin efecto jurídico las autorizaciones para la posesión y uso de armas de fuego otorgadas por la SUCAMEC, requiriéndose el depósito temporal de las armas de fuego cuyas licencias de posesión y uso fueron canceladas;

Que, mediante Informe Nº 1871-2017-SUCAMEC-GAMAC de fecha 26 de mayo de 2017, la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos sustentó la necesidad de contar con lineamientos que regulen la emisión de licencias de uso de armas, tarjetas de propiedad y transferencias de armas de fuego que devienen de licencias de posesión y uso otorgadas al amparo de la derogada Ley Nº 25054, Ley que norma la fabricación, comercio, posesión y uso por particulares de armas y municiones que no son de guerra;

Que, en el precitado informe, la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos señala que aquellos titulares de armas de fuego cuyas licencias fueron canceladas, deben acogerse a los procedimientos regulares de emisión de licencias de uso de armas, emisión de tarjetas de propiedad o transferencias de armas de fuego; no obstante, debido a que los artículos 28.7 y 28.8 del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-IN, establecen que la recuperación de las armas de fuego se encuentran sujetas a su internamiento, resulta indispensable establecer los lineamientos necesarios que incluyan dicho requisito;

Que, asimismo, señala que al haber culminado el periodo de regularización establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30299 y sus ampliatorias, los procedimientos especiales estipulados en la Primera y Segunda Disposición Transitoria Complementaria del Reglamento resultan ser inaplicables para aquellas personas que cuenten con licencias de posesión y uso otorgadas al amparo de la Ley Nº 25054, en su condición de vencidas (dentro de los 90 días calendario antes que la SUCAMEC disponga su cancelación) y vigentes;

Que, en atención a ello, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 344-2017-SUCAMEC-OGAJ de fecha 08 de junio de 2017, indica que el proyecto de Directiva que regula la emisión de licencias de uso de armas, tarjetas de propiedad y transferencias de armas de fuego que devienen de licencias de posesión y uso otorgadas al amparo de la Ley Nº 25054, cuenta con opinión técnica viable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y dado que cumple con las disposiciones establecidas en la normatividad vigente, corresponde su aprobación por el Superintendente Nacional mediante Resolución de Superintendencia;

Con el visado de la Gerente de Armas, Municiones y Artículos Conexos, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Gerente General;

De conformidad con la Ley Nº 30299, Ley de Armas de fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil, el Reglamento de la Ley Nº 30299, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-IN; de acuerdo con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Aprobar la Directiva Nº 14-2017-SUCAMEC denominada “Directiva que regula la emisión de licencias de uso de armas, tarjetas de propiedad y transferencias de armas de fuego que devienen de licencias de posesión y uso...

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