DECRETO SUPREMO, Nº 157-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas-DECRETO SUPREMO-Nº 157-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 557: Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas;

Que, mediante Ley Nº 29649, se creó la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas como persona jurídica de derecho público interno, con domicilio en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, sobre la base de la sede de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) en Yurimaguas;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece como uno de los fines de las universidades, la formación de profesionales de alta calidad de manera integral y con pleno sentido de responsabilidad social de acuerdo a las necesidades del país;

Que, el Ministerio de Educación, mediante Oficio N° 01017-2017-MINEDU/SG, en virtud al requerimiento planteado por la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, efectuada con Oficio N° 099-2017-UNAAA/CO/P, solicita recursos adicionales para financiar la contratación de 34 servicios profesionales a fin de dar inicio a las actividades académicas correspondientes al ejercicio 2016-II y 2017-I;

Que, mediante los Informes N° 372-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 112-2017-MINEDU/VMGP/DIGESU-DICOPRO, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Secretaria de Planificación Estratégica y la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación opinan sobre la procedencia de gestionar una transferencia de partidas a favor de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, considerando el Informe N° 019-2017-UNAAA-CO3/DGPP-DP de la Oficina de Presupuesto de la citada casa superior de estudios, que señala que para el funcionamiento básico de las actividades académicas correspondientes al ejercicio 2016-II y 2017-I se requiere la contratación de 34 servicios profesionales las que no han sido previstas en su presupuesto institucional por una inoportuna programación y no cuentan con la disponibilidad de recursos, en el presente año fiscal, situación que ha puesto en riesgo la continuidad de las actividades académicas de dicha casa de estudios;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General...

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