DECRETO SUPREMO, Nº 147-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Decreto Supremo que precisa la definición de Grupo Económico y establece disposiciones para implementación de identificación y asignación de riesgos en obras públicas-DECRETO SUPREMO-Nº 147-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 056-2017-EF se incorporó en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 350-2015-EF, la definición de grupo económico;

Que, dicha definición no hace distinción entre empresas privadas y empresas de propiedad estatal, con lo cual el concepto de grupo económico abarca a todo tipo de actividad empresarial independientemente de quien ostenta la titularidad de las empresas, pudiendo restringir innecesariamente la participación de personas jurídicas que se encuentran debidamente constituidas y plenamente habilitadas de acuerdo al régimen jurídico de su país de origen;

Que, con la finalidad de fomentar la participación de la mayor cantidad de proveedores y establecer condiciones de competencia efectiva, resulta necesario precisar el concepto de grupo económico contenido en el Anexo de Definiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF;

Que, de otro lado, con la finalidad de incrementar la eficiencia en la inversión de las obras públicas, mediante el Decreto Legislativo N° 1341 se modificó el artículo 32 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, estableciendo la obligación de la entidad de considerar en el expediente técnico de obras, la identificación y asignación de los riesgos previsibles de ocurrir durante su ejecución;

Que, en virtud de dicho marco legal se emitió el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, mediante el cual se modificaron los artículos 8 y 116 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, correspondientes a la determinación del requerimiento y al contenido del contrato para la ejecución de obras;

Que, en dicho contexto, se ha identificado que es necesario efectuar precisiones normativas que permitan la adecuada implementación de las disposiciones antes mencionadas, a fin que la identificación y asignación de los riesgos...

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