Sentencia nº 290-2015/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 18 de Junio de 2015

Fecha de Resolución18 de Junio de 2015
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente000066-2005/CCO-INDECOPI (CUADERNILLO DE APELACIÓN)

TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProcedimientosConcursales
RESOLUCIÓNN°02902015/SCOINDECOPI
EXPEDIENTENº662005/CCOINDECOPI 
(Cuadernillodeapelación)
PROCEDENCIA : COMISIÓNDEPROCEDIMIENTOSCONCURSALES 
SOLICITANTE : ASOCIACIÓN COMUNIDAD INDUSTRIAL CEPER
CONDUCTORESELÉCTRICOSPERUANOS
DEUDOR : CONDUCTORES ELÉCTRICOS PERUANOS
PERUANOSS.A.
MATERIA : CALIFICACIÓNDEPEDIDO
RECLAMOENQUEJA
SUMILLA: se CALIFICA el escrito presentado el 11 de junio de 2015 por la
Asociación Comunidad Industrial Ceper Conductores Eléctricos Peruanos
como un reclamo en queja, toda vez que en dicho escrito la recurrente
advierte supuestos defectos en el acto de notificación de la Resolución N°
10612009/SC1INDECOPI. En consecuencia, se dispone la remisión del
referido escrito, así como del expediente e informe correspondientes a la
Sala Especializada en Protección al Consumidor, de acuerdo con lo
establecidoenlaDirectivaN°0022014/TRIINDECOPI.
Lima,18dejuniode2015
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 32802005/CCOINDECOPI del 04 de marzo de
2005, la Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la
Comisión) declaró la situación de concurso de Conductores Eléctricos
Peruanos S.A. (en adelante, Ceper). Dicha situación fue difundida mediante
avisopublicadoeneldiariooficial“ElPeruano”el07demarzode2005.
2. En sesión del 01 de febrero de 2006, la junta de acreedores de Ceper (en
adelante, Junta de Acreedores) acordó la reestructuración patrimonial de
dicha empresa y designó a Conductores y Cables del Perú S.A.C. (en
adelante,ConductoresyCables)comosupresidente.
3. En sesiones del 27 de abril de 2006, 28 de abril del 2008 y 23 de junio del
mismo año (en adelante, las Sesiones), la Junta de Acreedores adoptó
diversos acuerdos vinculados con la reestructuración del patrimonio de la  
deudoraconcursada.
4. Por escrito del 23 de octubre de 2008, el señor Javier Alex Farfán Baca (en
adelante, señor Farfán), representante de los créditos laborales, se opuso a
las decisiones adoptadas por la Junta de Acreedores en las Sesiones,
sosteniendo que los acuerdos adoptados perjudicaban los intereses de sus
representados. Asimismo, solicitó a la Comisión que no considere como
MSCO08/01 
1/5

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR