Sentencia nº 149-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Marzo de 2015
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 2015 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 148-2014/CEB |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0149-2015/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 000148-2014/CEB
1/10
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : SOCIEDAD MINERA CORONA S.A.
DENUNCIADOS : PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN
AMBIENTAL
TERCEROS
ADMINISTRADOS : MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DEL AMBIENTE
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
MATERIA : MEDIDA CAUTELAR
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EN GENERAL
SUMILLA: se CONCEDE la medida cautelar solicitada por la Sociedad Minera
Corona S.A. y, en consecuencia, se dispone la inaplicación de la exigencia
del pago del aporte por regulación a favor del Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental para el período de enero a noviembre de 2014,
materializada en el numeral 1.2) del artículo 1 del Decreto Supremo 130-2013-
PCM y en la Resolución de Consejo Directivo 009-2014-OEFA/CD a su caso
concreto.
La razón es que, conforme al artículo 615 del Código Procesal Civil, la
existencia de un pronunciamiento de primera instancia favorable a Sociedad
Minera Corona S.A. sustenta la verosimilitud del derecho invocado.
Asimismo, se ha verificado la existencia de peligro en la demora, debido a
que a través de la Resolución Coactiva 2-2015/UNO del 23 de enero de 2015,
el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental se encuentra
exigiendo el pago del aporte por regulación ascendente a S/. 497,511.76
nuevos soles, pago cuya legalidad se encuentra siendo cuestionada ante
esta instancia, estando pendiente la emisión de la resolución final.
Lima, 9 de marzo de 2015
ANTECEDENTES
1. El 28 de abril de 2014, Sociedad Minera Corona S.A. (en adelante, la
denunciante) denunció a la Presidencia del Consejo de Ministros (en
adelante, PCM) y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en
adelante, OEFA) ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
(en adelante, la Comisión), por la presunta imposición de una barrera
burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad, consistente en la exigencia
del pago del aporte por regulación a favor del OEFA, materializada en el
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba