DECRETO SUPREMO, Nº 009-2017-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Decreto Supremo que aprueba el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1298 que regula la detención preliminar judicial y la detención judicial en caso de flagrancia-DECRETO SUPREMO-Nº 009-2017-JUS

EmisorJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Fecha de la disposición14 de Abril de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales;

Que, en el marco de la Ley Nº 30506, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú S.A., se promulgó el Decreto Legislativo Nº 1298, que modifica los artículos 261, 264, 266 y 267 del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957, que regulan la detención preliminar judicial y la detención judicial en caso de flagrancia;

Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1298, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días de promulgada dicha norma, debe elaborar un protocolo de actuación interinstitucional para la adecuada aplicación del Decreto Legislativo;

Que, la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, en coordinación con representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior y Policía Nacional, ha elaborado un protocolo de carácter transversal y sistémico que contempla procedimientos específicos a seguir por los operadores de justicia en el desarrollo de sus atribuciones y funciones contempladas en el Decreto Legislativo Nº 1298, el mismo que ha sido validado y aprobado conforme al acta de fecha 19 de enero de 2016.

De conformidad con el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1 Aprobación

Apruébese el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación del Decreto Legislativo Nº 1298, que regula la detención preliminar judicial y la detención judicial en flagrancia, que como Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2 Ámbito de Aplicación

El presente Decreto Supremo y su Anexo son de aplicación por los operadores del Sistema de Justicia Penal, Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior y...

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