RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 104-2017-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Disponen que la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio cumpla funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, previstas en el numeral 7.1 del art. 7 del Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 104-2017-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2017

Lima, 22 de marzo de 2017

VISTO, el Informe Nº 08-2017/VIVIENDA-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, se creó el referido Sistema Nacional con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el numeral 5.4 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252, dispone que las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local tienen a su cargo la fase de Programación Multianual del Ciclo de Inversiones; verifican que la inversión se enmarque en el Programa Multianual de Inversiones; realizan el seguimiento de las metas e indicadores previstos en el Programa Multianual de Inversiones y monitorean el avance de la ejecución de los proyectos de inversión;

Que, el artículo 6 del Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF; en adelante el Reglamento, establece que el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector es el Órgano Resolutivo; encargado, entre otros aspectos, de designar al órgano que realizará las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el que en ningún caso podrá coincidir con los órganos que realizan las funciones de la Unidad Formuladora y Unidades Ejecutoras de Inversiones;

Que, el artículo 37 del Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, establece que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los sistemas de planeamiento, modernización, inversión pública y de presupuesto;

Que, la Oficina General de...

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