RESOLUCION, Nº 020-2017-OSINFOR, ORGANISMOS EJECUTORES, ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - Aprueban Reglamento del Procedimiento Administrativo Único (PAU) del OSINFOR-RESOLUCION-Nº 020-2017-OSINFOR

EmisorORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2017

Lima, 2 de marzo de 2017

VISTOS:

El Memorándum Nº 003-2017-OSINFOR/06.1-06.2, de fecha 28 de febrero de 2017, de la Dirección de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre y la Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre, mediante el cual hacen suyo el Informe N.° 001-2017-OSINFOR/06.1.2/06.2.2, de fecha 28 de febrero de 2017 de las Sub Direcciones de Regulación y Fiscalización; el Informe Legal N° 059-2017-OSINFOR/04.2, de fecha 02 de marzo de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N.º 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, como un Organismo Público Ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, encargado de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento que fueron otorgadas bajo el amparo de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, acorde a los numerales 3.5, 3.6 y 3.7 del artículo 3° del Decreto Legislativo N.° 1085, es función del OSINFOR dictar en el ámbito de su competencia las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se refieran a obligaciones y derechos contenidos en los títulos habilitantes; declarar la caducidad de...

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