RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 083-2017-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Agradecen y aceptan donaciones dinerarias efectuadas por la Fundación Augusto N. Wiese a favor del Ministerio, para la atención de gastos de servicios de seguridad y vigilancia del Complejo Arqueológico El Brujo-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 083-2017-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2017

Lima, 28 de febrero de 2017

VISTO, el Memorando Nº 000214-2017/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del sector público para el año fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 487-2016-MC, de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, a través de las Resoluciones Ministeriales N° 049-2017-MC y N° 055-2017-MC, de fechas 7 y 10 de febrero de 2017, respectivamente, se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad para el Año Fiscal 2017, en la Fuente de Financiamiento 4 Donación y Transferencias, por las sumas de S/ 21 855,00 (Veintiún mil ochocientos cincuenta y cinco con 00/100 Soles) y S/ 18 564,00 (Dieciocho mil quinientos sesenta y cuatro con 00/100 Soles); donaciones efectuadas por la Fundación Augusto N. Wiese en el marco del Convenio de Colaboración Interinstitucional suscrito por dicha fundación y el Ministerio de Cultura, de fecha 16 de abril de 2016, para la atención de gastos de los servicios de seguridad y vigilancia del Complejo Arqueológico El Brujo;

Que, mediante el documento del Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que en el marco de la normatividad vigente, corresponde al Ministerio de Cultura aceptar las donaciones efectuadas por la Fundación Augusto N. Wiese;

Que, sobre el particular, el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignado la fuente de donante y el destino de estos fondos públicos; debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias;

Que, en atención...

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