DECRETO SUPREMO, Nº 020-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Disponen reajuste de pensiones percibidas por pensionistas del régimen de Decreto Ley Nº 20530, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 28449 y Ley Nº 28789 y autorizan Transferencia de Partidas-DECRETO SUPREMO-Nº 020-2017-EF

Fecha de disposición10 Febrero 2017
Fecha de publicación10 Febrero 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 28449, Ley que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, dispone que las pensiones percibidas por beneficiarios que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no exceda el importe de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias vigentes en cada oportunidad, serán reajustadas al inicio de cada año mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta las variaciones en el costo de vida anual y la capacidad financiera del Estado;

Que, de acuerdo al tercer párrafo del artículo 1 de la Ley Nº 28789, Ley que precisa la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28449, Ley que establece nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, se dispone que el valor anualizado de las pensiones para efecto de determinar el monto máximo mensual y del reajuste de pensiones de cesantía, invalidez y sobrevivencia del régimen de pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 20530 es de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que corresponda el pago de la pensión;

Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 353-2016-EF, durante el año 2017 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será de CUATRO MIL CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 4 050,00);

Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI ha publicado el porcentaje de inflación anual acumulada a diciembre de 2016, siendo este de 3,23%;

Que, tomando en cuenta la capacidad financiera del Estado, se ha establecido la posibilidad de otorgar un reajuste en las pensiones equivalente a CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 43,00);

Que, el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprobado mediante la Ley N° 30518, ha previsto en la Reserva de Contingencia los recursos necesarios para la atención del reajuste de las pensiones percibidas por los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de aquellas entidades cuyas planillas se financian con fondos del Tesoro Público, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos pliegos hasta por la suma de CIEN MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL...

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