RESOLUCION, Nº 012-2017-OSINFOR, ORGANISMOS EJECUTORES, ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - Disponen la publicación en el portal institucional del proyecto de “Reglamento del Procedimiento Administrativo Único” del OSINFOR-RESOLUCION-Nº 012-2017-OSINFOR

EmisorORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2017

Lima, 6 de febrero de 2017

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1085 crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, con personaría jurídica de derecho público interno, encargado a nivel nacional de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado, a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas por la Ley Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, conforme al artículo 30º inciso 3) de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos Ejecutores ejercen funciones de ámbito nacional. No tienen funciones normativas, salvo que estén previstas en su norma de creación, o le fueran delegadas expresamente por el Ministerio del cual dependen;

Que, de acuerdo artículo 3º numerales 3.5 y 3.7 del acotado Decreto Legislativo, es función del OSINFOR dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se refieran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes; así como ejercer potestad sancionadora en su ámbito de competencia, por las infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre;

Que, el artículo 23º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1085, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2010-PCM, señala que el Procedimiento Administrativo Único es el procedimiento destinado a investigar y determinar las responsabilidades administrativas de los titulares de derechos de aprovechamiento sobre recursos forestales y de fauna silvestre, por las posibles contravenciones a la legislación forestal y de fauna silvestre. El reglamento será aprobado mediante Resolución emitida por el Presidente Ejecutivo;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 062-2016-OSINFOR, publicada el 04 de...

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