DECRETO SUPREMO, Nº 009-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, para la continuidad de acciones de mantenimiento a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales-DECRETO SUPREMO-Nº 009-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición24 de Enero de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con el fin de garantizar en dicho año la continuidad, entre otros, de las acciones de mantenimiento correspondientes a las partidas de gasto 2.3.1.6 (repuestos y accesorios), 2.3.1.11 (suministros para mantenimiento y reparación) y 2.3.2.4 (servicios de mantenimiento, acondicionamiento y reparaciones), a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo, hasta el 31 de marzo de 2017, incorpore en dichas entidades los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios no devengados al 31 de diciembre de 2016, para la ejecución de dichas acciones de mantenimiento;

Que, asimismo, la mencionada Disposición Complementaria Final establece que la incorporación sólo comprende los recursos para las acciones de mantenimiento que se encuentren certificados al 31 de diciembre de 2016, disponiendo, a su vez, que la determinación del monto a ser incorporado considera como base de cálculo el presupuesto institucional modificado a dicha fecha; y que, lo dispuesto es aplicable siempre que dicho financiamiento no haya sido considerado en el presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, por parte del pliego respectivo, para las mismas acciones de mantenimiento;

Que, en el marco de lo establecido en la citada Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, y de acuerdo a la revisión efectuada por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre el cumplimiento de los criterios establecidos en la mencionada disposición, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos mediante un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 186 667 695,00), en tanto que dicho financiamiento no ha sido considerado en los presupuestos institucionales del Año Fiscal 2017 de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondientes, para los mismos fines antes señalados;

De conformidad con lo establecido en la...

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