ORDENANZA, Nº 497/MC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Aprueban Beneficio Tributario al Pronto Pago de los Arbitrios del año 2017 en el distrito de Comas-ORDENANZA-Nº 497/MC

EmisorMUNICIPALIDAD DE COMAS
Fecha de la disposición13 de Enero de 2017

Aprueban Beneficio Tributario al Pronto Pago de los Arbitrios del año 2017 en el distrito de Comas

ORDENANZA MUNICIPAL N° 497/MC

Comas, 6 de enero del 2017

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE

COMAS

VISTO:

En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe N° 03-2017-GR/MC de la Gerencia de Rentas e Informe N° 006-2017-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, respecto al BENEFICIO TRIBUTARIO AL PRONTO PAGO de los Arbitrios 2,017 en el Distrito de Comas, y;

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta facultad en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico, que es establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, asimismo, el último párrafo del Artículo 41° del T.U.O del Código Tributario, aprobado por D.S. N° 133-2013-EF, respecto de la condonación, señala: “Excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo”;

Que, la Gerencia de Rentas, mediante Informe N° 03-2017-GR/MC de fecha 04 de enero de 2,017, indica que pese a los avances en el pago de los Tributos Municipales de Impuesto Predial como de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, por contribuyentes puntales, que ha reducido la cartera de morosidad, es necesario tomar acciones que conlleven a incentivar la Cultura...

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