DECRETO DE ALCALDIA, Nº 018-2016-A/MC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Modifican el TUPA de la Municipalidad-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 018-2016-A/MC
Fecha de disposición | 28 Diciembre 2016 |
Fecha de publicación | 30 Diciembre 2016 |
Sección | Sección Única |
Comas, 28 de diciembre de 2016
VISTO:
El Informe N° 118-2016-SGGP-GPPR, de la Subgerencia de Gestión de Procesos; el Memorándum N° 766 -2016-GPPR/MC, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización; el Informe N° 545 -2016-GAJ/MC, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Proveído N° 2754 -2016-GM/MC, sobre modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Entidad;
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 36.3 del Artículo 36° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre la legalidad de los procedimientos, ha dispuesto: “36.3 Las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente.
Que, asimismo, de conformidad al numeral 36.2 del Artículo 36° de la misma norma acotada, señala que las entidades solamente exigirán a los administrados el cumplimiento de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago por derechos de tramitación, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el numeral 36.1, en el que ha dispuesto que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por la decisión del titular de los organismos constitucionalmente autónomos. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad.
Que, mediante Ordenanza N° 442/MC, se aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 221 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambas normas publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 03 de setiembre de 2015;
Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y...
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