ORDENANZA Nº 442/MC - Ordenanza que aprueba los procedimientos, servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas

Fecha de disposición03 Septiembre 2015
Fecha de publicación03 Septiembre 2015
560691
NORMAS LEGALES
Jueves 3 de setiembre de 2015
El Peruano
/
de of‌i cio, los predios que previa evaluación por las áreas
competentes, cumplan con las características señaladas
en la presentó ordenanza. Asimismo, en el artículo
segundo de la Ordenanza Nº 292-MDA, se encarga a la
Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub gerencia de
Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones, la identif‌i cación
de los predios registralmente calif‌i cados como rústicos
y ubicados en zonas urbanas, debiendo cumplir dichos
predios con lo establecido en la Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 061-2015-MDA/GDU, de
fecha 05 de Mayo del 2015, la Gerencia de Desarrollo
Urbano, y el Informe Nº 095-2015-SGHUE-GDU/MDA,
así como el Informe Nº 382-2015-MDA/GAJ, emitido por
la Gerencia de Asesoría Jurídica, quien considera que no
existe impedimento para aprobar la Habilitación Urbana
de Of‌i cio para el presente caso, opina por la procedencia
técnica y administrativa siendo factible la aprobación de
la Habilitación Urbana de Of‌i cio mediante Resolución de
Alcaldía;
Que, mediante Proveído Nº 1603-2015-MDA/GM, la
Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolución de
Alcaldía correspondiente;
Estando a los fundamentos expuestos en la parte
considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en
Orgánica de las Municipalidades; y la Ley Nº 29898 Ley
que modif‌i ca la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones.
RESUELVE:
Artículo 1º.- DECLARAR; HABILITADO URBANO
DE OFICIO, el terreno con un área de 5,415.00 m2,
denominado Sub Lote F-1, parte del Lote 2 ubicado
en la Zona Alta del Sector B del fundo Inquisidor y
Pulido del distrito de Ate; Provincia y Departamento
de Lima, el cual se encuentra inscrito en el asiento
180 Fs. 412 del Tomo 1183 y continúan en la Ficha
Registral Nº 11046962 del Registro de Predios, Zona
Registral IX Sede Lima - SUNARP de propiedad de la
COOPERATIVA DE VIVIENDA 27 DE ABRIL LIMITADA
Nº 213, calif‌i cado con zonif‌i cación Residencial de
Densidad Media “RDM”, y Comercio Zonal “CZ” de
conformidad con la Ordenanza Nº 1099-MML, de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, en mérito a los
considerandos antes expuestos.
Artículo 2º.- APROBAR; el Plano Nº
018-2015-SGHUE-GDU/MDA y su respectiva Memoria
Descriptiva que forman parte de la presente Resolución,
siendo la distribución del área del terreno cuya Habilitación
Urbana de Of‌i cio que se aprueba es la siguiente:
AREA TOTAL 5,415.00 m2
AREA UTIL TOTAL 3,464.88 m2
Área Útil Residencial Densidad Media “RDM” 1,280.00 m2
Área Útil Comercio Zonal “CZ” 2,133.98 m2
Área de Compensación 50.90 m2
Área de Vías 1,950.12 m2
Artículo 3º.- DETERMINAR; que como resultado
de la habilitación urbana que en este acto se declara,
se obtiene 19 lotes, de los cuales 08 son para Uso
Vivienda, y 11 para Uso Comercio Zonal, cuyas áreas,
linderos y medidas perimétricas se detallan en el Plano
Nº 018-2015-SGHUE-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva
que forman parte de la presente Resolución;
Artículo 4º.- PRECISAR; que el terreno de la
habilitación urbana de of‌i cio correspondiente al Sub Lote
F-1, parte del Lote 2 de la Zona Alta del Sector B del fundo
Inquisidor y Pulido, tiene asignada la Zonif‌i cación de Uso
Residencial de Densidad Media “RDM” y Uso Comercio
Zonal “CZ”, de conformidad con el Plano de Reajuste
de Zonif‌i cación y Usos de Suelo para el Distrito de Ate,
aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, de la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo 5º.- DISPONER; la Inscripción en el Registro
de Predios Zona Registral IX Sede – SUNARP, el cambio
de uso de rústico a urbano del inmueble de 5,415.00 m2,
ubicado en el Distrito de Ate, e inscrito en el asiento 180
Fs. 412 del Tomo 1183 y continúan en la Ficha Registral
Nº 11046962 del Registro de Predios, Zona Registral IX
Sede Lima - SUNARP de propiedad de la COOPERATIVA
DE VIVIENDA 27 DE ABRIL LIMITADA Nº 213, calif‌i cado
con zonif‌i cación Residencial de Densidad Media “RDM”,
y Comercio Zonal “CZ” de conformidad con la Ordenanza
Nº 1099-MML, de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, y en consecuencia otorgar la libre disponibilidad
de los mismos, por cuenta y costo de los propietarios del
inmueble.
Artículo 6º.- DISPONER; la publicación de la presente
Resolución de Alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano, por
cuenta y costo de la Propietaria del inmueble.
Artículo 7º.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Resolución de alcaldía a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria,
Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones
y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil, con
conocimiento a la parte interesada.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1281633-1
MUNICIPALIDAD
DE COMAS
Ordenanza que aprueba los procedimientos,
servicios administrativos brindados
en exclusividad, requisitos y derechos
de trámite contenidos en el TUPA de la
Municipalidad Distrital de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 442/MC
Comas, 3 de julio del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Comas en Sesión
Ordinaria de Concejo de la fecha;
VISTO:
El Dictamen de fecha 30 de junio del 2015 emitido
por la Comisión Permanente de Regidores de la
Comisión de Administración, Finanzas, Planificación
y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de
Comas; el Informe Nº 133-2015-GPPR/MC, emitido
por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y
Racionalización; el Informe Nº 192-2015-GAJ-MDC,
emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, el
Informe Nº 008-2015-GM/MC del Gerente Municipal;
respecto del Proyecto de Ordenanza del Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) y los
derechos administrativos contenidos en el mismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante artículo 194º de la Constitución Política
del Estado, modif‌i cado mediante Ley Nº 28607, Ley de
Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto
en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley
que las Municipalidades son órganos de Gobierno
Local que gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 195º
estipula que “Los Gobiernos Locales...son competentes
para…Crear, modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a
Ley;
“Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden
crear, modif‌i car y suprimir sus contribuciones, arbitrios,
derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley”;
Que, el artículo 36º numeral 36.1 del de la Ley Nº

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