RESOLUCION, Nº 5085-2016-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Establecen competencia de Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, para el periodo 2017-RESOLUCION-Nº 5085-2016-MP-FN
Fecha de disposición | 28 Diciembre 2016 |
Fecha de publicación | 29 Diciembre 2016 |
Lima, 28 de diciembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 800-2016-MP-FN, de fecha 19 de febrero de 2016, se dispuso, entre otros, el establecimiento de las competencias de las Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima.
Que, con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 883-2016-MP-FN, de fecha 25 de febrero de 2016, se dispuso que la competencia de las Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, establecida mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 800-2016-MP-FN, de fecha 19 de febrero de 2016, será en forma rotativa anualmente, previo acuerdo de los Fiscales Superiores que integran dichas Fiscalías, quienes deberán remitir el acta de acuerdo de competencia debidamente suscrita por los titulares de Despacho, la última semana del mes de noviembre de cada año.
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3356-2016-MP-FN, de fecha 26 de julio de 2016, se modificó la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 800-2016-MP-FN, ello en atención a los cambios efectuados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto a la distribución de la carga de los procesos contenciosos administrativos.
Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 883-2016-MP-FN, de fecha 25 de febrero de 2016, la Fiscal Superior Titular designada en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima remitió, dentro del plazo señalado, el acta suscrita por los Fiscales Superiores de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Octava Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, así como los Fiscales Adjuntos Superiores de la Séptima y Novena Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, en la que acuerdan por unanimidad las competencias de los despachos fiscales a su cargo.
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
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