RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 422-2016-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la obra Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Cieneguilla - distrito de Cieneguilla”, y el valor de tasación-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 422-2016-VIVIENDA

Fecha de publicación23 Diciembre 2016
Fecha de disposición21 Diciembre 2016
MateriaDerecho Procesal

Lima, 21 de diciembre de 2016

Vistos; las Cartas N° 1746-2016-GG y N° 2121-2016-GG de la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, el Memorando N° 365-2016-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, y el Informe N° 1099-2016-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, modificada por la Sétima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, declara de necesidad pública la ejecución; entre otras, de la obra de infraestructura denominada “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Cieneguilla – distrito de Cieneguilla”, y, en consecuencia, autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución;

Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, Transferencia de inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de Obras de Infraestructura (en adelante la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política del Perú;

Que, la Ley en su artículo 12 establece que el valor de la Tasación para adquirir inmuebles destinados a la ejecución de obras de infraestructura es fijado por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS; asimismo, en su artículo 13 dispone que la fijación del valor de la Tasación se efectúa considerando; “13.1 El valor comercial del inmueble: Incluye los valores de terreno, de edificación, obras complementarias y plantaciones, de ser el caso. Asimismo, se considera las mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder. En el caso de cultivos no permanentes sembrados antes de la fecha...

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