DECRETO DE ALCALDIA, Nº 007-2016-MDM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA - Aprueban Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Mala-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 007-2016-MDM

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2016

Mala, 21 de noviembre del 2016

VISTO:

Informe Nº 138-2016-SGSALUDPCPS-GDH-MDM, de la Sub Gerencia de Salud, Participación Ciudadana y Programas Sociales, Informe Nº 1018-2016-GDH-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 1397-2016-GAJ/MDM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el Reglamento del funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Mala, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7º Constitución, señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.

Que, con fecha 21 de julio del 2016 fue publicada en El Peruano la Ley 30490, derogó a la Ley 28803 Ley de Personas Adultas Mayores y sub siguiente y Decreto Supremo Nº 013 – 2006 MIMDES. La Ley Nº 30490 Ley de las Personas Adultas Mayores, define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad;

Que, el tercer párrafo del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 013-2006-MIMDES, Reglamento de la Ley de Personas Adultas Mayores, establece que las municipalidades dispondrán las medidas administrativas necesarias y establecen alianzas estratégicas para la implementación progresiva de los servicios que deben...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR