DECRETO SUPREMO, Nº 012-2016-MIDIS, PODER EJECUTIVO, DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL - Decreto Supremo que aprueba la transferencia del Programa Nacional Tambos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-DECRETO SUPREMO-Nº 012-2016-MIDIS
Emisor | DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL |
Fecha de la disposición | 17 de Diciembre de 2016 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se crea este Ministerio con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil;
Que, de acuerdo con la citada Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene entre sus funciones generales, formular, planificar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social para el mejoramiento de la calidad de vida de la población; y, gestionar, administrar y ejecutar la política, planes, programas y proyectos de su competencia y articular las actividades que desarrollan las distintas entidades a cargo de los programas sociales;
Que, por Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA, se constituye el Programa Nacional Tambos, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como plataforma de prestación de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento y de otros sectores, que brinden servicios y actividades orientados a la población rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de vida, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias;
Que, asimismo, el Programa Nacional Tambos tiene como finalidad, mejorar la calidad de vida de la población pobre y extremadamente pobre, especialmente la asentada en los centros poblados rurales o rural dispersa, coadyuvando a su desarrollo económico, social y productivo que contribuyan a su inclusión social; y, como objetivo, permitir el acceso de dicha población, a los servicios y actividades, en materias sociales y productivas que brinda el Estado;
Que, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, encarga al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la coordinación de las acciones de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, dirigida al desarrollo y protección de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social – PIAS; similar disposición ha sido prevista en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MIDIS se aprueba la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad con el objetivo de mejorar las condiciones de vida y desarrollo de la población de las comunidades nativas a partir de la articulación de intervenciones intersectoriales e intergubernamentales orientadas al logro de los resultados previstos, a través de plataformas de oferta fija y móviles de servicios; estrategia que considera a los Tambos, como parte de la oferta...
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