RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0047-2016-MINAGRI-SENASA-DSV, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Disponen publicitar el “Procedimiento para reconocer extensiones operativas de un Puesto de Control Externo”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0047-2016-MINAGRI-SENASA-DSV

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2016

9 de diciembre de 2016

VISTO:

El Informe N° 0014-2016 -MINAGRI-SENASA-DSV-SCV-VGUTARRA del 07 de diciembre de 2016, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;

Que, el Artículo 23° del Reglamento de Cuarentena Vegetal aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2003-AG, señala que los Puestos de Control externos se establecerán acorde a los puntos de entrada que estén autorizados o habilitados en el país, en los que se efectúen acciones de comercio fronterizo e internacional, así como en lugares donde existe flujo de personas y medios de transporte;

Que, el Memorándum-0076-2016-MINAGRI-SENASA-DSV-SCV del 12 de abril 2016 emitido por la Subdirección de Cuarentena Vegetal, evalúa el documento de la referencia y recomienda que el SENASA formule y apruebe un procedimiento para la autorización de este tipo de terminales;

Que, el 03 de agosto 2016 la Dirección de Sanidad Vegetal y la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria aprueban el “Procedimiento para reconocer extensiones operativas de un Puesto de Control Externo”;

Que, el informe del visto señala que es importante dar a conocer a la opinión pública el citado procedimiento, a fin de que los administrados interesados presenten sus propuestas al SENASA y, de ser el caso, la entidad reconozca nuevas extensiones operativas de puestos de control, en las que se controlen y ejecuten acciones de protección y mejora del estado agrosanitario e inocuidad agroalimentaria de los productos, así como se facilite el comercio;

Que, se debe precisar que el “Procedimiento para reconocer extensiones operativas de un Puesto de Control Externo” no es un procedimiento incluido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del SENASA, ni crea...

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