RESOLUCION JEFATURAL, Nº 304-2016-ANA, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Dictan disposiciones para garantizar la atención de demandas de uso de agua con fines poblacionales del Centro Poblado Nuevo Copare, distrito La Yarada Los Palos, provincia y departamento de Tacna-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 304-2016-ANA

Fecha de publicación22 Noviembre 2016
Fecha de disposición22 Noviembre 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
604786 NORMAS LEGALES Martes 22 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Cajamarca, con la coordinación técnica y seguimiento
del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la
participación del Ministerio de Agricultura y Riego; el
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
el Ministerio de Salud; el Ministerio del Ambiente; el
Ministerio del Interior; el Ministerio de Defensa, y demás
instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto
les corresponda dentro de sus competencias; ejecutarán
las medidas de excepción inmediatas y necesarias de
respuesta y rehabilitación, en cuanto corresponda, en
salvaguarda de la vida e integridad de las personas y sus
medios de vida, así como el patrimonio público y privado
en dichas zonas, acciones que pueden ser modicadas de
acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que
se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas
en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3. Financiamiento
La implementación de las acciones previstas en el
presente Decreto Supremo, se nancian con cargo al
presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de
conformidad con la normatividad vigente.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Agricultura y Riego; el Ministro de Vivienda, Construcción
y Saneamiento; la Ministra de Salud; la Ministra del
Ambiente; el Ministro del Interior; y, el Ministro de
Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún
días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego
ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente
MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Ministro de Defensa
CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1456053-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Dictan disposiciones para garantizar la
atención de demandas de uso de agua con
fines poblacionales del Centro Poblado
Nuevo Copare, distrito La Yarada Los Palos,
provincia y departamento de Tacna
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 304-2016-ANA
Lima, 16 de noviembre de 2016
VISTO:
El Informe Técnico N° 043-2016-ANA-DCPRH-ERH-
SUB/EZT de la Dirección de Conservación y Planeamiento
de Recursos Hídricos; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 065-2006-AG, se
declaró en veda el acuífero del valle del río Caplina y se
prohibió la ejecución de todo tipo de obra destinada a la
explotación de recursos hídricos subterráneos;
Que, con la entrada en vigencia de la Ley Nº 29338,
Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua,
mediante Resolución Jefatural Nº 327-2009-ANA raticó
en las mismas condiciones la precitada veda;
Que, según el numeral 55.3 del artículo 55° del
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado
por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, cuando se declara
una zona de veda la Autoridad Nacional del Agua debe
dictar las medidas necesarias para la satisfacción de las
demandas de uso primario y poblacional;
Que, bajo este marco legal se expidió la Resolución
Jefatural N° 488-2013-ANA, que dicta disposiciones para
garantizar la atención de las demandas de uso de agua
con nes poblacionales de la provincia de Tacna con
recursos hídricos provenientes del acuífero del valle del
río Caplina, declarado en veda con Decreto Supremo N°
065-2006-AG, raticada con Resolución Jefatural N° 327-
2009-ANA;
Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-
VIVIENDA se creó el Programa Nacional de Saneamiento
Rural bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y
Saneamiento con el objeto de mejorar la calidad, ampliar
la cobertura y promover el uso sostenible de los servicios
de agua y saneamiento en las poblaciones rurales del
país;
Que, para atender las demandas de agua de uso
poblacional del Centro Poblado Nuevo Copare, el
Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento viene
impulsando el Proyecto de Inversión Pública “Instalación
del Sistema de Agua Potable y Saneamiento en el Centro
Poblado Nuevo Copare, distrito La Yarada Los Palos,
provincia de Tacna-Tacna” con código SNIP 297976;
Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento
de Recursos Hídricos con el informe del visto, concluye
que es viable acceder a lo solicitado por el Programa
Nacional de Saneamiento Rural, siendo necesario
establecer excepción a la veda declarada en el
acuífero del Valle del río Caplina por un volumen anual
de 98 000 m3/año, que permita garantizar la atención
de la demanda de uso de agua con fines poblacionales
para el Centro Poblado Nuevo Copare, mediante la
perforación de un pozo tubular cuya autorización
y aprobación de estudios, como su explotación
deberá sujetarse a los trámites administrativos
correspondientes ante la Autoridad Administrativa del
Agua Caplina Ocoña;
Que, en consecuencia, estando a lo expresado en
los considerandos precedentes resulta necesario dictar
las medidas para la satisfacción de las demandas de
uso de agua con nes poblacionales para el Centro
Poblado Nuevo Copare, lo cual deberá sujetarse a las
recomendaciones señaladas en el informe del visto y
el cumplimiento de los requisitos de calidad de agua
y demás que resulten aplicables conforme a la Ley
N° 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento,
normas reglamentarias y la Ley N° 30045, Ley de
Modernización de los Servicios de Saneamiento; y,
Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación
y Planeamiento de Recursos Hídricos, con los vistos de
la Ocina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y
en uso de las facultades conferidas por el artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Objeto
La presente resolución tiene por objeto dictar
disposiciones para garantizar la atención de las
demandas de uso de agua con nes poblacionales del
Centro Poblado Nuevo Copare, distrito La Yarada Los
Palos, provincia y departamento de Tacna, con recursos
hídricos provenientes del acuífero del valle del río Caplina,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR