DECRETO SUPREMO, Nº 021-2016-MTC, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Decreto Supremo que modifica los artículos 10, 12, 13, 14, 15 y 16 del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial-DECRETO SUPREMO-Nº 021-2016-MTC

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, establece en su artículo 16, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con competencias normativas para dictar los reglamentos nacionales así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito e interpretar los principios de transporte y tránsito terrestre velando que se dicten las medidas necesarias para su cumplimiento en todos los niveles funcionales y territoriales del país;

Que, la Ley, en su artículo 23, establece la relación de los principales reglamentos nacionales, consignando en su literal c), al Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura, el cual tiene como objetivos: a) definir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas; b) definir las pautas para las especificaciones y características de fabricación de los elementos de señalización y los protocolos técnicos que aseguran la compatibilidad de los sistemas de comunicación y control de semáforos; c) definir las condiciones para el uso del derecho de vía para la instalación de elementos y dispositivos no relacionados con el transporte o transito; d) establecer las exigencias de internalización y control de impactos asociados al estacionamiento de vehículos en las vías y al funcionamiento de actividades que generan o atraen viajes; y, e) regular las infracciones por daños a la infraestructura vial pública no concesionada y las respectivas sanciones;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, el mismo que ha sido modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2009-MTC y Nº 011-2009-MTC y Nº 012-2011-MTC;

Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial ha previsto en el numeral 4.1 de su artículo 4, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho reglamento;

Que, en virtud al tiempo transcurrido desde la emisión del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, se ha estimado conveniente actualizar el mismo con modificaciones orientadas a: i) que las fases de gestión de la infraestructura vial previstas en este, tengan un enfoque más ajustado a la normativa del Sistema Nacional de Inversiones Públicas - SNIP; ii) implementar la actividad de mejoramiento a nivel de soluciones básicas; iii) implementar un nuevo tipo de proyectos viales de mantenimiento o conservación vial bajo el enfoque de intervenciones por niveles de servicio y perfeccionar la normativa referida a tales actividades; iv) establecer aquellas actividades viales que se sustentaran en Términos de Referencia; y, v) prever que las fases de gestión pueden ser realizadas por ejecución presupuestaria directa o indirecta;

Que, en tal sentido, resulta pertinente modificar los artículos 10, 12, 13, 14, 15 y 16 del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC;

En uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

DECRETA:

Artículo 1 Modificación de los artículos 10º, 12º, 13º, 14º, 15º y 16º del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial.

Modificar los artículos 10º, 12º, 13º, 14º, 15º y 16º del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto...

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