Resolución nº 1704-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 6 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente311-2015/CC1
COIIISIÓN
DE
PROTECCIÓN
AL
CONSUMIDOR
N"
1
SEDE
CENrRAL
EXPEDIEN'T!
N"
2l58-2014/PS2
RESOLUCIÓN FINAL 1704-2015/CC1
PROCEDENCIA
DENUNCIANTE
DENUNCIADO
MATERIAS
ACTIVIDAD
0RGANO
RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARfSIMOS
DE
PROTECCION
AL
CONSUMIDOR
2
FERNANDOALEXANDER
TORIBIO
PAZ
(EL
SEÑOR
TORIBIO)
BANCO
FALABELLA
PERU
S.A.
GRIFO DENNIS S.A.C.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR
IDONEIDAD DE SERVICIO
MEDIDAS
CORRECTIVAS
OTROS TIPOS
DE
INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA
Lima, 6 de noviembre de 2015
ANTECEDENTES
1.
Mediante escrito del 25
de
noviembre de 2014, subsanado el 19 de diciembre de 2014, el
señor Toribio denunció al Banco Falabella Perú S.A.1 (en adelante, el Banco) y a Grifo
Dennis S.A.C.2 (en adelante, el Grifo), por presunta infracción de la Ley 29571, Código
de
Protección y Defensa del
Consumidor
(en adelante, el Código), señalando lo siguiente:
3
(i) Con fecha
31
de octubre de 2013, fue víctima
de
robo de diversos documentos,
entre los cuales
se
encontraba su DNI y su tarjeta de crédito CMR Visa
4474-****-****-1764 emitida por
el
Banco, con los que se realizaron los siguientes
consumos:
Fecha E8tableclmlento Denunciado Importe
01/11/2013 Estación de Servicios
CAR
Grifo Dennis S.A. C. S/. 100,00
01/11/2013 Estación de Servicios
CAR
Grifo Dennis S.A. C. SI. 100,00
01/11/2013 Estación de Servicios
CAR
Grifo Dennls S.A. C. S/. 20,00
RUC 20330401991.
RUC 20109980855.
Ley
29571, Código
de
Protección y Defensa del Consumidor promulgado
el1
de septiembre del
201
O,
y vigente desde
el
2
de
octubre del
201
O.
M-CPC-05/1A

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