Resolución nº 589-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 25 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente71-2015/CPC
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA
RESOLUCIÓN N° 589-2015/CPC-INDECOPI-PIU
EXPEDIENTE Nº 071-2015/CPC-INDECOPI-PIU
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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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E-mail: apena@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
DENUNCIANTE : JULIO LUIS SAAVEDRA VILLEGAS (EL SEÑOR
SAAVEDRA).
DENUNCIADO : EAFC MAQUISISTEMA S.A. (MAQUISISTEMA)
MATERIA : IDONEIDAD DEL PRODUCTO
ACTIVIDAD : ACTIVIDAD DE SERVICIOS FINANCIEROS
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por el señor Saavedra contra Maquisistema, la
Comisión ha resuelto declarar infundada la denuncia interpuesta por presunta infracción
a los artículos 18º y 19º del Código; el haber quedado acreditado que la negativa a
devolver los aportes abonados se encuentra justificada en las cláusulas del Contrato de
Administración de Fondos Colectivos.
Piura, 25 de septiembre del 2015.
ANTECEDENTES
Hechos materia de denuncia
1. El 8 de abril de 2015, el señor Saavedra denunció al Maquisistema por presunta
infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
Código), señalando:
(i) Que, el 15 de noviembre de 2013 firmó un contrato para la obtención de un vehículo
en la modalidad de fondos mutuos.
(ii) Que, al llegar a la décima cuota dejó de pagar las cuotas correspondientes al tener
problemas de salud.
(iii) Que, el 19 de enero de 2015, solicitó la devolución de los aportes efectuados por
una suma de US$ 3,839.12.
(iv) Que, Maquisistema le informó que la devolución no procedía porque el contrato
estipulaba que los aportes serían devueltos recién cuando se produzca el
vencimiento de la última cuota del contrato, la cual debía ser pagada en el año
2018.
2. El señor Saavedra solicitó como medidas correctivas que Maquisistema le devuelva los
aportes efectuados por una suma de US$3,839.12. Asimismo, solicitó el pago de costas y
costos del procedimiento.
Cargos Imputados:
3. Mediante Resolución N° 1 del 21 de abril de 2015, la Secretaría Técnica de la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la Secretaría Técnica)
admitió a trámite la denuncia presentada por el señor Saavedra en contra de Maquisistema,
considerando que:
(i) El hecho que Maquisistema se habría negado injustificadamente a devolver los
aportes del señor Saavedra efectuados por el monto total ascendente a US$
3,839.12, podría involucrar una afectación a las expectativas del denunciante, por lo
que, podría calificar como una presunta infracción del deber de idoneidad, tipificado
en los artículos 18º y 19º del Código.

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