Resolución nº 507-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 26 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente249-2015/CPC
COMISIONDELAOFICINAREGIONALDELINDECOPIDEPIURA
RESOLUCIONNº5072015/INDECOPIPIU
EXP.ENORPSNº2222015/PS0INDECOPIPIU
Página1de6
PROCEDENCIA : ÓRGANORESOLUTIVODEPROCEDIMIENTOSSUMARÍSIMOS
DEPROTECCIÓNALCONSUMIDORDELAOFICINAREGIONAL
DELINDECOPIDEPIURA(ORPS)
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : ROGERALBERTOAGUACONDODIAZ(SEÑORAGUACONDO)
DENUNCIADO : BBVABANCOCONTINENTAL(ELBANCO)
MATERIA : RECURSODEAPELACIÓN
MEDIDACAUTELAR
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por el señor Aguacondo contra el Banco ante el ORPS, la          
Comisión ha resuelto revocar la medida cautelar ordenada mediante Resolución Nº 02 de fecha 30
de abril de 2015, en tanto no se ha cumplido con el requisito referido a la verosimilitud del derecho,
exigidoparasuotorgamiento.
Piura,26deagostode2015.
ANTECEDENTES
1. El 10 de marzo de 2015, el señor Aguacondo denunció al Banco por presunto incumplimiento de
la Ley Nº 29571Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, elCódigo), indicando    
1
ser titular de la cuenta de ahorros “Contiahorro” N° 00110265640200400730 otorgada por el Banco.
Agregó que desde el mes de noviembre de 2014 la denunciada vendría embargando los fondosconlos
que cuenta en la referida cuenta y que el 2 de abril de 2015 el Banco le retuvo indebidamente la suma de
S/.200.00NuevosSolesporconceptodecomisiónporembargo.
2. Mediante escrito presentado el 24 de abril de 2015, elseñorAguacondo solicitó el otorgamiento
de la medida cautelar consistente en ordenar al Banco que regularice y cese los cobros indebidos
efectuadosconcargoasucuentadeahorros.
3. Mediante Resolución Nº 1 de fecha 30 de abril de 2015, el ORPS admitió a trámite ladenuncia
presentadaporelseñorAguacondocontraelBanco,imputándoleatítulodecargo,losiguiente:
i. el hecho que el Banco haya realizado el embargo de todo el dinero de la cuenta sueldo del señor
Aguacondo en el mes de febrero de 2015; lo que podría constituir un presunto incumplimiento a
loestablecidoenlosartículos18y19delCódigo.
ii. el hecho que el 02 de abril de 2015 el Banco haya cobrado indebidamente de la cuenta de
haberes del señor Aguacondo la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles por concepto de comisión
por embargo; que podría constituir un presunto incumplimiento a lo establecido en los artículos
18y19delCódigo.
1LEY N 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de setiembre de 2010 en el Diario Oficial El          
Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción que se configuren a partir del 2 de octubre de 2009, fecha en la cual entróen  
vigencia el mismo. Los demás casos, se seguirán tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0062009/PCM, Texto Único
Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1 de octubre de 2010), en el Decreto
Supremo Nº 0392000/ITINCI (vigente hasta el 26 de junio de 2008) y Decreto Legislativo Nº 1045 (vigente entre el 27 de juniode 2008 yel 30 de
enerode2009).
INSTITUTONACIONALDEDEFENSADELACOMPETENCIAYDELAPROTECCIÓNDELAPROPIEDADINTELECTUAL
AvenidaLosCocosNº268,UrbanizaciónClubGrau,Piura–Perú/Telefax:073308549
E-mail: apena@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe

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