Resolución nº 309-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 19 de Febrero de 2015
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 201-2014/CC1 |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 201-2014/CC1
1
MCPC01/2A
RESOLUCIÓNFINALNº03092015/CC1
DENUNCIANTE : JAIROYOVANIJULCANAVARRO
(ELSEÑORJULCA)
DENUNCIADO : BANCODEMATERIALESS.A.C.ENLIQUIDACIÓN
(ELBANCO)
MATERIA : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
IDONEIDAD
MEDIDASCORRECTIVAS
GRADUACIÓNDESANCIÓN
MULTA
COSTOSYCOSTAS
ACTIVIDADES : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
SANCIÓN:BANCODEMATERIALESS.A.C.ENLIQUIDACIÓN:TRES(3)UIT
Lima,19defebrerode2015
ANTECEDENTES
1. El5 demarzo de2014, elseñor Julcadenunció alBanco porpresuntas infracciones
delaLeyNº 29571,CódigodeProtecciónyDefensadelConsumidor(enadelante,el
Código)1,señalandolosiguiente:
(i) El13defebrerode2013,cancelóelintegrodelcréditocongarantíahipotecaria
quemanteníaconelBanco.
(ii) El22de febrerode2013,presentó unasolicituddelevantamiento dehipoteca,
lacualnohasidoatendidahastalafecha.
(iii) Solicitócomomedida correctasetramite ellevantamientode la hipotecaque
pesasobreel bieninmuebleotorgadoengarantía;asícomo elpagodecostas
ycostosdelprocedimiento.
2. Mediante Resolución Nº 1 del 21 de abril de 2014, la Secretaría Técnica de la
Comisión de Protección al Consumidor N° 1 (en adelante, la Secretaría Técnica)
admitió a trámite la denuncia en contra del Banco e imputó como presuntas
infraccionesdelCódigolassiguientesinfracciones:
“PRIMERO: admitir a trámite la denuncia del 5 de marzo de 2014 presentada por el
señor Jairo Yovani Julca Navarro en contra del Banco de Materiales S.A.C. en
Liquidación, por la presunta infracción de los artículos 18° y 19° de la Ley Nº 29571,
1 Publicadoel2deseptiembrede2010enelDiarioOficialElPeruanoyvigentedesdeel2deoctubrede2010.
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