ORDENANZA, Nº 247-2016/MLV, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA - Aprueban por única vez la exoneración del pago de tasa de reconocimiento, actualizaciones y registro de Organizaciones Sociales de Base establecida en el TUPA a los Comités del Vaso de Leche y a los Clubes de Madre del distrito de La Victoria-ORDENANZA-Nº 247-2016/MLV

Fecha de disposición18 Octubre 2016
Fecha de publicación26 Octubre 2016

La Victoria, 18 de octubre de 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE

LA VICTORIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de la fecha,

VISTO: el Dictamen Conjunto Nº 007-2016-CPAFSFC-CPPPAL/MDLV, de fecha 18 de Octubre de 2016, de las Comisiones de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, con la disposición del Sr. Alcalde Elías Cuba Bautista, incorporado a la Estación Orden del Día; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley”;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 5) del Artículo 73º de la Ley Ut supra, dentro de las funciones que ejercen las municipalidades con carácter exclusivo o compartido en materia de participación vecinal, se encuentran la de promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; así como la de organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción; asimismo...

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