Resolución nº 6498-2015-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 30 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2015
6Y
q
'8
-2015-MP-FN
lima,
3 O
OIC,
2015
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de la Fiscalía
de
la Nación
5448-2015-MP-FN
de
fecha 02 de noviembre de 2015,
se
aprobó la realización del Curso-taller:
Responsabilidad
profesional
y mala
praxis
en
estomatología,
desarrollado los días 05 y 06 de noviembre
de
2015, en
el
Salón de conferencias del Hotel "Inka Path", sito
en
el jirón
De
la Unión
654, Cercado de
Lima, autorizándose la participación del servidor Tito José Córdova Barandiarán, Cirujano Dentista de la
División Médico Legal
11
de
La
Libertad;
Que, luego de verificar
el
registro de Control de Asistencia
tomado a
los
participantes durante
el
evento académico,
se
constató que
el
servidor mencionado líneas
supra,
no
registró ingreso
ni
salida a la capacitación antes citada,
por
lo
que resulta necesario excluir
su
participación,
por
motivo
de
no
haber
acreditado
justificación
alguna
por
su
inasistencia,
así
como
emitir
la
sanción que corresponda, de conformidad con
lo
establecido en
el
artículo 15° del Reglamento de Actividades
de Capacllación de la Escuela del Ministerio Público;
Con
el
visto de la Gerencia Central de
la
Escuela del
Ministerio Público
"Dr.
Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel"
y,
en uso de las atribuciones conferidas
por
el
artículo 64° del Decreto Legislalivo
SE RESUELVE:
ARTíCULO PRIMERO,- EXCLUIR
al
servidor Tito José
Córdova Barandiarán, Cirujano Dentista de la División Médico Legal
II
de La Libertad, de los alcances del
artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación
5448-2015-MP-FN de fecha
02
de noviembre
de 2015, por la razón expuesta en la parte considerativa de la presente resolución, dejando
sin
efecto la
licencia con goce de haber otorgada del 04
al
07
de noviembre de 2015.
ARTíCULO SEGUNDO.- IMPONER como medida disciplinaria
de sanción
al
servidor Tito José Córdova Barandiarán, Cirujano Dentista de la División Médico Legal
11
de La
Libertad, seis meses de inhabilitación para participar en toda actividad académica que ejecute, promueva y
desarrolle la Escuela del Ministerio Público, de conformidad con
lo
establecido en
el
artículo 15° del
Reglamento de Actividades de Capacitación de la Escuela del Minislerio Público.
ARTíCULO TERCERO,- Hacer de conocimiento la presente
resolución a
la
Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Jefatura
del
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Gerencia Central de Potencial Humano, Escuela del
Ministerio Público
"Dr.
Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel" y
al
interesado, para
los
fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase .
. nchez Ve/arde
FISCAL
DE
LA NACiÓN

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