RESOLUCION, Nº 743-2016-SUCAMEC, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - Designan Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la SUCAMEC-RESOLUCION-Nº 743-2016-SUCAMEC

Fecha de disposición21 Octubre 2016
Fecha de publicación24 Octubre 2016

Lima, 21 de octubre de 2016

VISTO: La Resolución de Superintendencia N° 699-2016-SUCAMEC de fecha 30 de setiembre de 2016, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, en virtud a lo establecido en la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley del Servicio Civil, Ley Nº 30057, en concordancia con la Undécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, el 14 de septiembre de 2014 entró en vigencia el Régimen Disciplinario y el Procedimiento Sancionador regulado en las citadas normas;

Que, el artículo 92 de la Ley del Servicio Civil establece que “(…) Las autoridades del procedimiento cuentan con el apoyo de un secretario técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad. El secretario técnico puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones. El secretario técnico es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública. No tiene capacidad de decisión y sus informes u...

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