RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 023-2016-EF/50.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Dispone plazo para aprobar la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fiscal 2016, para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 023-2016-EF/50.01
Emisor | ECONOMIA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 7 de Octubre de 2016 |
600962 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2016 /
El Peruano
Que, de acuerdo a los artículos 4 y 7 del Decreto
Supremo N° 115-2001-EF, mediante Resolución
Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía
se publicarán los precios de referencia así como los
derechos variables adicionales;
Que, en ese sentido, corresponde publicar los Precios de
Referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas
en el periodo del 1 al 30 de setiembre de 2016; y
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del
Decreto Supremo N° 115-2001-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios de referencia
y los derechos variables adicionales a que se reere el
Decreto Supremo N° 115-2001-EF:
PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS
VARIABLES ADICIONALES
(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)
US$ por T.M.
-----------------------------------------------------------------------
Maíz Azúcar Arroz Leche entera en
polvo
-----------------------------------------------------------------------
Precios de
Referencia 161 570 378 2 217
Derechos
Variables
Adicionales
72 0 60 (arroz cáscara)
85 (arroz pilado) 1 175
-----------------------------------------------------------------------
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA COOPER FORT
Viceministra de Economía
1438215-1
Dispone plazo para aprobar la
Programación de Compromisos Anual
(PCA) correspondiente a la revisión del
tercer trimestre del año iscal 2016, para los
pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales
RESOLUCIóN DIRECTORAL
Nº 023-2016-EF/50.01
Lima, 5 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo
13° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, en concordancia con los
artículos 3° y 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF,
disponen que la Dirección General de Presupuesto Público
es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-
normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta
con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar
la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las
directivas y normas complementarias pertinentes;
Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2016, comprende, entre otros,
los créditos presupuestarios máximos correspondientes a
los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales;
Que, el artículo 29°-A del Texto Único Ordenado de
la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF, establece que la Programación de
Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de
programación del gasto público de corto plazo por toda
fuente de nanciamiento que permite la compatibilización
de la programación del presupuesto autorizado, con el
marco macroeconómico multianual, las reglas scales y
la capacidad de nanciamiento del año scal respectivo;
Que, mediante la Directiva N° 005-2010-EF/76.01,
“Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada
por la Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y
modicatorias, se regulan, entre otros, los procedimientos
de determinación, revisión y actualización de la PCA en
los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales, disponiendo que la revisión de la PCA
es aprobada por Resolución Directoral, una vez concluido el
periodo trimestral;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 030-
2015-EF/50.01, se aprueba el Cuadro de Plazos de la
Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal
2016, estableciendo como plazo para aprobar la PCA
correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año
scal 2016, el 10 de octubre 2016;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 272-2016-EF,
se aprueban medidas para la priorización del gasto público
efectivo y el cumplimiento de las metas scales en el año
scal 2016, estableciendo límites para la autorización de
compromiso en sectores del Poder Ejecutivo; asimismo, el
citado Decreto Supremo dispone que la Dirección General
de Presupuesto Público, mediante Resolución Directoral,
aprobará la PCA considerando los montos aprobados
y desagregados por Pliegos que determine el Sector
respectivo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
vigencia de dicha norma;
Que, la PCA es un instrumento de programación del gasto
público de corto plazo, que permite la compatibilización de
la programación del presupuesto autorizado, con el Marco
Macroeconómico Multianual y las reglas scales que se
establecen a nivel global para el gasto público; razón por la
cual la aprobación de la PCA se realiza de manera conjunta
para los tres niveles de gobierno;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto, resulta necesario
ampliar el plazo para aprobar la PCA correspondiente a la
revisión del tercer trimestre del año scal 2016, para los
pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la
Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público, los artículos 3º y 4º del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-
2012-EF, el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley
Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Directiva
N° 005-2010-EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral
Nº 030-2010-EF/76.01 y modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dispóngase que el plazo para aprobar la
Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente
a la revisión del tercer trimestre del año scal 2016, para
los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales, es hasta el 04 de noviembre 2016.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Director General
Dirección General de Presupuesto Público
1438187-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de concesión
deinitiva para desarrollar actividades de
transmisión de energía eléctrica, así como
de las respectivas servidumbres, que efectúa
EDEGEL S.A.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C.
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 407-2016-MEM/DM
Lima, 30 de setiembre de 2016
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