RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 023-2016-EF/50.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Dispone plazo para aprobar la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fiscal 2016, para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 023-2016-EF/50.01

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2016
600962 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2016 /
El Peruano
Que, de acuerdo a los artículos 4 y 7 del Decreto
Supremo N° 115-2001-EF, mediante Resolución
Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía
se publicarán los precios de referencia así como los
derechos variables adicionales;
Que, en ese sentido, corresponde publicar los Precios de
Referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas
en el periodo del 1 al 30 de setiembre de 2016; y
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del
Decreto Supremo N° 115-2001-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios de referencia
y los derechos variables adicionales a que se reere el
Decreto Supremo N° 115-2001-EF:
PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS
VARIABLES ADICIONALES
(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)
US$ por T.M.
-----------------------------------------------------------------------
Maíz Azúcar Arroz Leche entera en
polvo
-----------------------------------------------------------------------
Precios de
Referencia 161 570 378 2 217
Derechos
Variables
Adicionales
72 0 60 (arroz cáscara)
85 (arroz pilado) 1 175
-----------------------------------------------------------------------
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA COOPER FORT
Viceministra de Economía
1438215-1
Dispone plazo para aprobar la
Programación de Compromisos Anual
(PCA) correspondiente a la revisión del
tercer trimestre del año iscal 2016, para los
pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales
RESOLUCIóN DIRECTORAL
Nº 023-2016-EF/50.01
Lima, 5 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo
13° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, en concordancia con los
artículos 3° y 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
disponen que la Dirección General de Presupuesto Público
es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-
normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta
con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar
la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las
directivas y normas complementarias pertinentes;
Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2016, comprende, entre otros,
los créditos presupuestarios máximos correspondientes a
los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales;
Que, el artículo 29°-A del Texto Único Ordenado de
la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF, establece que la Programación de
Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de
programación del gasto público de corto plazo por toda
fuente de nanciamiento que permite la compatibilización
de la programación del presupuesto autorizado, con el
marco macroeconómico multianual, las reglas scales y
la capacidad de nanciamiento del año scal respectivo;
Que, mediante la Directiva N° 005-2010-EF/76.01,
“Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada
por la Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y
modicatorias, se regulan, entre otros, los procedimientos
de determinación, revisión y actualización de la PCA en
los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales, disponiendo que la revisión de la PCA
es aprobada por Resolución Directoral, una vez concluido el
periodo trimestral;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 030-
2015-EF/50.01, se aprueba el Cuadro de Plazos de la
Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal
2016, estableciendo como plazo para aprobar la PCA
correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año
scal 2016, el 10 de octubre 2016;
se aprueban medidas para la priorización del gasto público
efectivo y el cumplimiento de las metas scales en el año
scal 2016, estableciendo límites para la autorización de
compromiso en sectores del Poder Ejecutivo; asimismo, el
citado Decreto Supremo dispone que la Dirección General
de Presupuesto Público, mediante Resolución Directoral,
aprobará la PCA considerando los montos aprobados
y desagregados por Pliegos que determine el Sector
respectivo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
vigencia de dicha norma;
Que, la PCA es un instrumento de programación del gasto
público de corto plazo, que permite la compatibilización de
la programación del presupuesto autorizado, con el Marco
Macroeconómico Multianual y las reglas scales que se
establecen a nivel global para el gasto público; razón por la
cual la aprobación de la PCA se realiza de manera conjunta
para los tres niveles de gobierno;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto, resulta necesario
ampliar el plazo para aprobar la PCA correspondiente a la
revisión del tercer trimestre del año scal 2016, para los
pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la
Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público, los artículos 3º y 4º del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-
2012-EF, el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley
Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Directiva
N° 005-2010-EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral
Nº 030-2010-EF/76.01 y modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dispóngase que el plazo para aprobar la
Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente
a la revisión del tercer trimestre del año scal 2016, para
los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales, es hasta el 04 de noviembre 2016.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Director General
Dirección General de Presupuesto Público
1438187-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de concesión
deinitiva para desarrollar actividades de
transmisión de energía eléctrica, así como
de las respectivas servidumbres, que efectúa
EDEGEL S.A.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C.
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 407-2016-MEM/DM
Lima, 30 de setiembre de 2016

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