RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 331-2016-EF/52, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Reglamento Operativo del Fondo de Deuda Soberana-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 331-2016-EF/52

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2016

Lima, 28 de setiembre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se constituyó en el Ministerio de Economía y Finanzas el Fondo de Deuda Soberana, con un aporte inicial hasta por el equivalente al 1% (uno por ciento) del valor total de los bonos soberanos en circulación, con cargo a los saldos presupuestales de libre disponibilidad del Tesoro Público al cierre del Año Fiscal 2013, con el objetivo de contribuir a un mayor dinamismo del mercado secundario de obligaciones del Tesoro Público en moneda local;

Que, en mérito a lo dispuesto en dicha norma legal, a través de la Resolución Ministerial N° 434-2014-EF/52 se aprobó el Reglamento Operativo del Fondo de Deuda Soberana;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 213-2016-EF/52, se aprobó el documento denominado “Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos 2016 – 2019”, que incluye el Programa Anual de Endeudamiento y Administración de Deuda correspondiente al año 2017, el cual dispone que se implementará la gestión del Fondo de Deuda Soberana con el objetivo de contribuir a dinamizar el mercado de deuda pública;

Que, de otro lado, de acuerdo con el literal p) del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2012-EF, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas está autorizada a efectuar todo tipo de operaciones financieras que contribuyan al desarrollo del mercado de valores, incluyendo la recompra y reventa incondicional de letras y bonos ya emitidos por el Gobierno Nacional, entre otras operaciones;

Que, se ha considerado conveniente establecer que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público ejerza control directo sobre el desarrollo y la evolución del Fondo de Deuda Soberana, para lo cual es necesario adecuar su ámbito de acción, así como diversas disposiciones del citado Reglamento Operativo;

Que, en tal sentido, se requiere derogar la Resolución Ministerial N° 434-2014-EF/52 que aprobó el Reglamento Operativo del Fondo de Deuda Soberana y aprobar un nuevo Reglamento Operativo;

De conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias, y el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Deróguese la Resolución Ministerial N° 434-2014-EF/52, que aprobó el Reglamento Operativo del Fondo de Deuda Soberana.
Artículo 2 Aprobar el Reglamento Operativo del Fondo de Deuda Soberana, cuyo texto forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3 Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano

El texto del Reglamento Operativo que se aprueba en el artículo precedente, debe publicarse en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese.

ALFREDO THORNE VETTER

Ministro de Economía y Finanzas

Disposiciones Generales Artículos 1 a 10
Artículo 1 Objetivo

Establecer el marco general para el funcionamiento del Fondo de Deuda Soberana (FDS) constituido en el Ministerio de Economía y Finanzas en el...

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