RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 336-2016-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Aprueban listado actualizado de los pueblos indígenas u originarios quechuas, aimaras, jaqaru y uro; ubicados en la zona andina peruana comprendidos en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios del Ministerio de Cultura-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 336-2016-MC
Emisor | CULTURA |
Fecha de la disposición | 20 de Septiembre de 2016 |
Lima, 20 de setiembre de 2016
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 2, numerales 2.1, 2.2 y 2.22, que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física, a su libre desarrollo y bienestar; a la igualdad ante la ley y a no ser discriminado; así como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;
Que, asimismo, en el numeral 2.19, del citado artículo 2, establece que toda persona tienen derecho a su identidad étnica y cultural, por lo que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;
Que, la Ley N° 29565, crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, y con competencia en asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones originarias, buscando garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas u originarios;
Que, de conformidad con el artículo 20 de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa, el Ministerio de Cultura a través del Viceministerio de Interculturalidad tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios, estando referido este instrumento a los pueblos indígenas u originarios, de conformidad con los criterios de identificación de dichos pueblos establecidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa;
Que, de conformidad con el numeral 29.2 del artículo 29 del Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2012-MC, el Viceministerio de Interculturalidad es la entidad responsable de elaborar, consolidar y actualizar la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 202-2012-MC se aprueba la Directiva N° 03-2012-MC “Directiva que regula el funcionamiento de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios”, que establece las normas, pautas y el procedimiento sobre la administración de la Base de Datos Oficial de los Pueblos Indígenas u originarios, señalándose en el numeral 6.5 del artículo 6 que la Base de Datos Oficial de los Pueblos Indígenas u Originarios tiene carácter declarativo y referencial, dado que su naturaleza es distinta a la de un...
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