DECRETO SUPREMO, Nº 243-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Gobierno Regional del Departamento de la Libertad-DECRETO SUPREMO-Nº 243-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 451: Gobierno Regional del Departamento de La Libertad;

Que, a través de la Ley Nº 30374, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueba, entre otros, los montos máximos y destinos generales de las operaciones de endeudamiento externo e interno que puede acordar el Gobierno Nacional para el Sector Público durante el Año Fiscal 2016;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 196-2016-EF se aprobó una operación de endeudamiento externo acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento – CAF, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL CIENTO DOCE Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 153 813 112,00), destinada a financiar parcialmente las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic Tercera Etapa, cuya unidad ejecutora es el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, a través del Proyecto Especial Chavimochic (PECH);

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, ha establecido que cuando los recursos provenientes de operaciones de endeudamiento estén destinados al cumplimiento de metas cuyo financiamiento se encuentra previsto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y sus modificatorias, por la fuente de financiamiento recursos ordinarios, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, autorice el uso de los mencionados recursos de endeudamiento en la fuente de financiamiento recursos ordinarios y dicte las disposiciones que permitan la adecuada administración de dichos fondos;

Que, el numeral 4.3 del referido artículo señala que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento recursos por operaciones oficiales de crédito considerados en el artículo 1 de la Ley N° 30373, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplica el mecanismo de aprobación legal establecido en el numeral 4.1 de la referida Ley N° 30373;

Que, mediante Oficio Nº 0412-2016-GRLL-GOB, el Gobernador Regional del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad solicita una Transferencia de Partidas para el presente Año Fiscal hasta por la suma de NOVENTA MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 90 586 191,00) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con la finalidad de cumplir con los compromisos contraídos en el marco del Contrato de Concesión “Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic”;

Que, mediante el Oficio Nº 1337-2016-MINAGRI-SG, el Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, comunica que cuenta con marco presupuestal disponible hasta por el monto indicado en el considerando precedente, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito procedente de las Unidades Ejecutoras: 006 Programa Subsectorial de Irrigación – PSI, 011 Programa de Desarrollo Productivo Agrario...

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